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Dictamen.

Contraloría General de la República ordena a Ministro de Educación abstenerse de emitir declaraciones sobre política partidista contingente.

Por haber manifestado en una entrevista concedida al diario La Tercera su preferencia por el ex candidato presidencial José Antonio Kast, lo que constituyó una infracción a los deberes de juridicidad, prescindencia política y no intervención.

12 de enero de 2022

Los diputados Esteban Velásquez y Gabriel Silber, interpusieron una denuncia ante la Contraloría General de la República, en contra del Ministro de Educación, Raúl Figueroa, por haber manifestado en una entrevista concedida al diario La Tercera su preferencia por el ex candidato presidencial José Antonio Kast, vulnerando con ello el principio de prescindencia política que deben respetar las autoridades de gobierno.

Al informar, el Ministro de Educación sostuvo que las declaraciones las realizó en el ejercicio de sus funciones y que trataron sobre materias propias de su competencia, las cuales se encuentran amparadas por la garantía de libertad de expresión.

Al respecto, el órgano contralor señala que, conforme a lo prescrito en el artículo 8 inciso primero de la Constitución, el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad administrativa en cada una de sus actuaciones. Junto con ello, el artículo 52 de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que dicho principio consiste en “observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”.

Agrega que, de acuerdo con los artículos 19 de Ley N° 18.575 y 28 de la Ley N° 19.884, orgánica sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, el personal de la Administración del Estado está impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración. Tal prohibición “pesa sobre autoridades, jefaturas o funcionarios, quienes, en el desempeño de su cargo no pueden realizar actividades ajenas al mismo, como son las de carácter político contingente, ni tampoco valerse de sus empleos para favorecer o perjudicar a determinada candidatura, tendencia o partido político”.

Tras revisar el contenido de la entrevista, la Contraloría concluye que, “el Ministro de Educación se valió de su cargo para un fin ajeno a las atribuciones que la normativa que regula la materia le otorga, cual es favorecer a una candidatura presidencial en época de campaña, declarando, incluso, que el Gobierno en su totalidad debía actuar en esos términos, lo que configuró una infracción a los deberes de juridicidad, prescindencia política y no intervención que le corresponde observar”.

En consecuencia, en lo sucesivo debe abstenerse de emitir declaraciones u opiniones con las características antes puntualizadas.

 

 

Vea Dictamen de la Contraloría General de la República N° E172354.

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