La Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia impugnada y, en sentencia de reemplazo, la confirmó con declaración que la empresa demandada, Don Hugo SA, queda obligada, además, al pago de $20.000.000 por las gestiones realizadas por el abogado demandante en su representación ante tribunales.
El fallo señala que se revocó el patrocinio y poder que le fuera conferido al actor para representar al demandado en un juicio penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Colina, lo mismo que en una causa tramitada ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, configurándose así, tanto respecto de la causa penal como del proceso civil, la hipótesis prevista en la cláusula tercera del contrato de honorarios, aun cuando en sede civil haya sido el actor quien dio cuenta de la revocación del mandato en el juicio penal, proceso que constituía el encargo principal del contrato de honorarios.
Agrega la sentencia que, a falta de liquidación por parte del abogado de los honorarios adeudados, corresponde a este tribunal regularlos, atendido el expreso petitorio del libelo de demanda, en el que además de reclamar el pago de dos precisos montos de dinero, también fue solicitado que la demanda fuese acogida “por el monto que SS. determine en definitiva”.
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El fallo añade que, considerando el mérito de las probanzas producidas en el proceso, de las cuales se advierte que en cumplimiento del encargo que le fuera conferido, el actual demandante compareció ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago patrocinando una demanda por competencia desleal e indemnización de perjuicios en contra de siete demandados; que ese libelo fue interpuesto el 29 de septiembre de 2016; que el proceso fue conducido por el abogado Manasevich; que el mismo abogado además solicitó y obtuvo la concesión de medidas cautelares; que en fecha 16 de marzo de 2017 se dictó fallo acogiendo la demanda accediendo a la reserva solicitada por Don Hugo S.A. en los términos señalados en el artículo 173 del Código de Procedimiento Civil y que, no obstante habérsele revocado el patrocinio en el procedimiento penal –encargo principal del contrato de prestación de servicios profesionales– compareció al tribunal de alzada de la capital para hacerse parte en el ingreso rol 3.917-2017 con la finalidad de que Don Hugo S.A. no quedara en indefensión, las gestiones efectuadas hasta ese entonces han de ser compensadas en una suma que prudencialmente se fija en $20.000.000, considerando la cuantía y complejidad del negocio, la responsabilidad, acuciosidad e injerencia que le cupo al demandante, así como la extensión y duración del servicio realizado.
En definitiva, la sentencia de reemplazo confirma el fallo apelado, con declaración que la demandada queda obligada además al pago de $20.000.000 por concepto de las gestiones realizadas a su nombre por el actor en el proceso diligenciado ante el 11° Juzgado Civil de Santiago bajo el rol N° 24.106-2016, con los incrementos indicados en el fallo en revisión.