Un Tribunal de La Plata (Argentina), ordenó a un prestador de salud otorgar cobertura de medicamento a paciente pediátrica con atrofia muscular espinal.
El fallo señala que en el caso sub lite se encuentran comprometidos los derechos de una niña menor de edad con una discapacidad que la mantiene permanentemente en riesgo de muerte; ella, se encuentra protegida por la Constitución y por los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal los Derechos Humanos, Convención Americana sobre los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y, la Convención de los Derechos del Niño, por lo que la condición de niñez con discapacidad, requiere una tutela y respuesta especial por parte del Estado.
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Asimismo, observa que el informe del médico tratante, prescribe el fármaco Zolgensma, en dosis única, explicando que, el tratamiento con el aludido fármaco podría mejorar la supervivencia sin necesidad de asistencia ventilatoria permanente y las habilidades motoras a cinco años de seguimiento.
El Tribunal sostiene que, el complicado estado de salud de la niña impone otorgar la cobertura del medicamento a la brevedad para obtener un mayor nivel de eficacia que permita reducir los síntomas de su patología. Añade que, lejos de advertirse afectación del interés público debido al alto valor del tratamiento, debe prevalecer la protección al derecho de salud de la niña, ya que los bienes afectados no admiten demora y están garantizados por normas constitucionales y legales aplicables al caso.
En definitiva, el Tribunal ordenó al prestador de salud otorgar a la brevedad la cobertura necesaria para adquirir el medicamento que necesita la niña, de forma tal que sea aplicado lo antes posible, en atención al permanente riesgo de muerte.