La Corte de Casación francesa resolvió que los nuevos daños provenientes de un daño inicialmente causado por un accidente, pueden agravar el daño inicial lo que debe ponderar el Tribunal al momento de referirse a las indemnizaciones por responsabilidad extracontractual.
El caso se refiere a un hombre que sufrió un accidente vehicular. Producto de él, la compañía de seguros a cargo del siniestro le otorgó cobertura a las cirugías necesarias para su rehabilitación por el período de dos años. No obstante, no pagó la indemnización por lucro cesante que el actor pretendía.
La Corte, tuvo presente que el recurrente se benefició por más de dos años de las cirugías cubiertas por la compañía de seguro, las cuales estaban destinadas a mejorar su estado de salud. En ese sentido, no es procedente que el recurrente reclame un agravamiento a su estado de salud, pues el recurrido otorgó cobertura con el objeto de poner a su alcance, todo tipo de procedimientos para su rehabilitación.
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Añade el fallo que, la decisión del recurrente de someterse a nuevos procedimientos quirúrgicos fue una decisión adoptada de forma voluntaria. No obstante, no puede negarse el nexo causal existente entre los daños ocasionados por las nuevas cirugías y los daños originalmente provocados por el accidente, pues sin dicho evento, no hubiese sido necesario que el recurrente fuese sometido a nuevas intervenciones quirúrgicas, y, en consecuencia, no se hubiese producido un empeoramiento en su estado de salud.
En definitiva, la Corte Constitucional de Francia resolvió que los daños provenientes de un accidente pueden ser agravados por hechos dañosos que deriven del daño principal, por lo que el tribunal deberá ponderarlos al momento de establecer la responsabilidad extracontractual.