La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), otorgó medidas cautelares en favor de Lázaro Rivas, quien es el principal opositor del gobierno nicaragüense. La decisión fue adoptada tras considerar que se encuentra en una situación grave que amerita la adopción de medidas urgentes ante el inminente riesgo de sufrir un daño irreparable.
La CIDH observó que la situación de riesgo del solicitante se enmarca en el contexto político que atraviesa el Estado de Nicaragua, en el cual se persigue severamente a aquellos que el gobierno considera opositores a su régimen. En el caso concreto, el recurrente se encuentra privado de libertad bajo condiciones deplorables, sin derecho a visitas médicas, debido a su participación en protestas realizadas en contra del gobierno.
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Respecto al fondo de la solicitud, la Comisión recordó que las personas privadas de libertad se encuentran en un estado que amerita una protección especial, lo que implica para los Estados el deber de respetar la vida, integridad, salud y demás derechos humanos de estas personas. Añade que, la relación que se configura entre el Estado y la población privada de libertad se caracteriza por la intensidad con que éste puede regular sus derechos y obligaciones mientras se encuentran bajo encierro y se les impide satisfacer por cuenta propia una serie de necesidades básicas esenciales para el desarrollo de una vida digna.
Por otro lado, la oposición pública que tiene el solicitante respecto al gobierno nicaragüense ocasiona un potencial y conocido riesgo a su integridad, cumpliendo con ello el requisito de gravedad que exigen las medidas cautelares para su procedencia. En ese sentido, la CIDH advierte que el Centro Penitenciario en que se encuentra, lo mantiene en malas condiciones, incompatibles con la dignidad humana y, a pesar de sufrir una serie de afectaciones en su salud, no le permiten que acceda a atención medica ni tampoco le suministran medicamentos para atender sus padecimientos, lo que se suma a eventuales tratos crueles e inhumanos.
En definitiva, la CIDH ordenó al Estado adoptar todas las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del solicitante, así como que se abstenga de proporcionar un trato incompatible con los estándares internacionales que podrían constituir tratos inhumanos o degradantes.