La Corte de Santiago confirmó la multa de 50 unidades tributarias mensuales aplicada a la empresa de televisión satelital DirectTV Chile, por emitir el 6 de mayo de 2020, una película calificada para mayores de edad en horario de protección.
El fallo señala que son hechos de la causa que la película ‘15 minutos’ se exhibió a las 10:56 horas, el día 6 de mayo de 2020, esto es, dentro de horario de protección. La película fue calificada por el Consejo de Calificación Cinematográfica para mayores de 14 años, el 14 de marzo 2001. Se exhiben altos niveles de violencia, desprecio por la vida humana, trato denigrante a las personas y otras conductas inadecuadas para una audiencia en formación. Se condenó a una multa de 50 UTM por trasgredir los artículos 1° y 2° de las Normas Generales sobre contenidos inadecuados para menores de edad.
Para el tribunal de alzada, la decisión basada en dichos antecedentes, se adoptó conforme a la competencia que le asigna la Constitución y la ley, respetando el principio de legalidad. Está, asimismo, debidamente fundada la configuración de la infracción, razón por la cual el presente recurso no podrá prosperar.
Concluye que se desestima el recurso deducido por DIRECT TV en contra del Consejo Nacional de Televisión.
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