Fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N°1.089, del Ministerio de Hacienda, que determina, a partir del 1 de agosto de 2022, el Ingreso Mínimo Mensual (IMM) para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, así como IMM para efectos no remuneracionales, asignación familiar y maternal y subsidio familiar.
La norma indica que la Ley N°21.456 dispone que, a contar del 1 de agosto de 2022, el IMM para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad, se elevaría a $400.000. Además, establece que, desde la misma fecha, se elevarían los montos del IMM para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad y para efectos no remuneracionales, en la misma proporción en que se acrecentare el monto del IMM.
De esta forma, señala que la proporción en la que se aumentará el IMM a contar del 1 de agosto de 2022, corresponde al valor resultante de dividir el monto de $400.000 por $380.000.
Por consiguiente, determina que los valores del IMM para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, será de $298.391; y para efectos no remuneracionales ascenderá a $257.836.
En cuanto a los tramos y montos de la asignación familiar y maternal, refiere que se ajustarán de la siguiente manera:
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– $16.418 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $419.414.
– $10.075 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $419.414 y no exceda de $612.598.
– $3.184 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $612.598 y no exceda de $955.444.
– Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $955.444, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este resuelvo.
Finalmente, expresa que monto del subsidio familiar aumentará a $16.418.