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Corte de Santiago
Recurso de nulidad rechazado.

Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de vendedora de AFP.

El Tribunal de alzada desestimó la procedencia del recurso intentado por la AFP, al estar dirigido en contra de los hechos establecidos por el juez del fondo.

14 de septiembre de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que acogió íntegramente la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones presentada por vendedora desvinculada de la administradora de fondos de pensiones PlanVital SA.

El fallo señala que, a propósito de la infracción del artículo 172 del Código del Trabajo denunciada por la demandada, corresponde recordar que esta motivación de ineficacia exige, necesariamente, el respeto irrestricto a los hechos establecidos en la sentencia de que se trate, sin que sea admisible la incorporación, supresión o alteración de los presupuestos fácticos establecidos, exigencia que la recurrente desconoce, ya que para los efectos de la vulneración que desarrolla, parte de la siguiente base: ‘… que tratándose de personal que tiene remuneración variable, como la actora, para objeto de conocer su última remuneración se debe promediar los últimos tres meses trabajados completamente’.

La resolución agrega que, la reclamante supone la fijación de la naturaleza de la remuneración de la actora como de índole variable, lo que no se advierte en la sentencia atacada, en la que únicamente se lee: ‘Que considerado que se declarará injustificado el despido, para el cálculo de las remuneraciones a que tendría derecho la demandante, con el análisis de los comprobantes de remuneraciones de los meses de diciembre, noviembre y octubre de 2020 se forma convicción en cuanto a que la remuneración para efectos de indemnizaciones es la suma de $1.020.877’”.

Añade que, para los efectos pretendidos, primeramente debió instarse por la modificación de los presupuestos fácticos –a través de la causal correspondiente– para, enseguida, denunciar infracción de ley, si alguna hubiere existido.

Concluye que, el presente arbitrio no puede prosperar y será desestimado.

 

Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº3.096-2021 y primera instancia Rol O-1441-2021.

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