La Corte de Temuco confirmó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de esa ciudad, que hizo lugar a la querella infraccional y a la demanda civil de indemnización de perjuicios, interpuesta en contra de una clínica veterinaria.
La demandante relató en su libelo que por diversos motivos debió abandonar su hogar, viéndose en la necesidad de contratar los servicios de un hotel para mascotas, con el fin de llevar a su gato “Nicolás”. El contrato fue celebrado con la demandada el 13 de enero de 2021, y el servicio de hospedaje tendría una duración de 19 días, por un valor total de $190.000.- a razón de $10.000.- diarios.
Luego de unos días, el 16 de enero de 2021, la actora es contactada por personal de la clínica, para informar que “Nicolás” no comía, ni bebía agua, por lo que señalan que comprarán el alimento que come en su casa, a sugerencia de la veterinaria del recinto. Finalmente, el 19 de enero de 2021, se informa a la demandante que el felino escapó del hotel, desconociéndose su paradero.
La actora refiere que la clínica no ofreció ningún tipo de compensación, y que intentó obtener copias de las cintas de seguridad infructuosamente; por lo tanto, solicita la condena infraccional al máximo de las multas, y la indemnización por daños y perjuicios por un monto total de $41.579.250.
En su defensa, la demandada instó por el rechazo de las acciones. Indica que el gato comía un alimento especial, hecho que no fue comunicado al ingresar al animal al recinto. Aduce que, al percatarse de que se había escapado, dieron aviso de inmediato a la dueña e iniciaron la búsqueda de la mascota. Finalmente, esgrime que la actora una vez extraviada la mascota les informó que ésta tenía una conducta escapista.
El tribunal de policía local, en consideración a los artículos 3, 12, y 23 de la Ley de Protección a los Derechos de los Consumidores, razonó que el resguardo del proveedor no fue completo para con la consumidora, afectando el mínimo estándar profesional, respecto a la información, seguridad, y exigencias de buen servicio.
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En tal sentido, el fallo hace un énfasis en relación al bien jurídico protegido, el cual se eleva aún más al tratarse de un ser vivo y sintiente, cuya calidad es superior a un mero bien patrimonial, y que en este caso, no recibió los cuidados y protecciones debidas por el proveedor, implicando finalmente el escape del felino y pérdida del mismo, estando dentro de la esfera de resguardo de la demandada; motivos suficientes para constatar la existencia de una infracción por incumplimiento contractual, atribuible a la clínica veterinaria.
En mérito de lo expuesto, el Tercer Juzgado de Policía Local de Temuco acogió la querella infraccional y la demanda civil de indemnización de perjuicios, condenando a la demandada al pago de una multa a beneficio fiscal de 35 UTM. Asimismo, ordenó el pago de $227.000.- por concepto de daño emergente, y $2.000.000.- a título de daño moral en favor de la demandante.
La decisión fue confirmada sin más por la Corte de Temuco en alzada, quedando a firme la condena impuesta.
Vea sentencias Corte de Temuco Rol Nº119-2022 y 3º Juzgado de Policía Local de Temuco Rol Nº181218-W.
Y,lo más importante, encontraron al felino?