Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley “que modifica el Código Penal, con el objeto de agravar las penas asignadas al delito de violación a una persona menor de catorce años”. Informe que fue remitido a la presidencia del Senado ayer.
El pleno de ministros informa que, el proyecto propone agravar las penas del delito de violación impropia, por la vía de establecer que la pena será la de presidio mayor en su grado máximo. El agravamiento de penas propiamente tal no es una norma de atribuciones ni organización de los tribunales de justicia, por lo que no se ha analizado.
Añade que, en relación a la medida propuesta de prohibición de acercamiento a la víctima del delito de violación por parte del autor, se estima que podría ser perfeccionada.
Advierte el informe que en primer lugar, se debiera precisar y aclarar la naturaleza jurídica de la medida, en relación a si se trata a una pena propiamente tal o una medida de seguridad.
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En segundo lugar, afirma, independientemente de lo anterior, la propuesta no determina la duración de la medida, dejándola simplemente al criterio judicial, de manera que ella no cumple con los estándares básicos constitucionales de legalidad y proporcionalidad.
Por último, propone que pareciera recomendable establecer una sanción de manera expresa en caso de incumplimiento de la medida, ya que por el contrario, de no existir, su efectividad se tornaría estéril.