En condiciones de convertirse en ley quedó el proyecto que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, texto legal que es parte de la Agenda de Seguridad definida entre el Parlamento y el Ejecutivo.
La Sala del Senado respaldó unánimemente el informe de la Comisión Mixta, instancia que respaldó que el delito de sicariato propiamente tal ya está penado, “está perfectamente cubierto en el Código Penal y normas específicas más eficientes”, aclaró el senador José Miguel Insulza, quien detalló los acuerdos de la instancia conformada por senadores y diputados.
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Además, “el que conspire para cometer el delito de homicidio calificado (…) será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo”; es decir, entre 3 años y 1 día a 5 años.
“Si la conducta descrita se comete en contra de un juez con competencia en lo penal; de un fiscal del Ministerio Público; de un defensor penal público; de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena” que va desde 3 años y 1 día a 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).
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