La moción, patrocinada por los Diputados Jaime Araya, Carlos Bianchi, Raúl Soto, Cristián Tapia, Héctor Ulloa y las Diputadas Mónica Arce, Marta González, Carolina Marzán, Helia Molina y Camila Musante, modifica el Código del Trabajo para establecer una solicitud de permiso para trámites particulares.
Los autores del proyecto de ley señalan que Estatuto Administrativo establece en su Título IV, sobre Derechos de los Funcionarios, en su párrafo 4°, sobre los permisos, que los funcionarios públicos tendrán derecho a permisos, los cuales son definidos en el inciso primero del artículo 108 como “la ausencia transitoria de la institución por parte de un funcionario en los casos y condiciones que más adelante se indican.” El mismo párrafo desarrolla esta materia distinguiendo entre los permisos con y sin goce de remuneraciones. Respecto a estos últimos señala el artículo 109 que “Los funcionarios podrán solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta por seis días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones. Estos permisos podrán fraccionarse por días o medios días.”. Estos últimos son los denominados “días administrativos”, que son días libres, con goce de sueldo, que tienen los trabajadores públicos para hacer trámites personales.
Exponen que, por el contrario, los trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo no cuentan con el derecho a pedir estos permisos, salvo que las partes, trabajador y empleador, de común acuerdo lo convengan. En el evento de lograr un acuerdo, el empleador puede descontar el tiempo no trabajado o el trabajador puede devolver el permiso dentro de la misma semana, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador.
Por tanto, el Código del Trabajo no contempla el derecho a permisos específicos que permitan al trabajador dependiente realizar gestiones de carácter particular, tampoco el empleador se encuentra en la obligación correlativa de concederlos.
Estiman que, sin perjuicio de los permisos contemplados en la ley y que están referidos principalmente a situaciones humanitarias y de bienestar familiar, resulta necesario que nuestra legislación laboral contemple también el derecho a que un trabajador o trabajadora pueda solicitar permiso para la realización de trámites de carácter particular, como son por ejemplo el renovar cédula de identidad, sacar pasaporte, licencia de conducir, realizar trámites bancarios o financieros, etc.
En virtud de lo expuesto, el proyecto de ley modifica el Código del Trabajo, incorporando un nuevo artículo 66 Sexies, del siguiente:
“Artículo 66 Sexies. Los trabajadores y trabajadoras podrán solicitar permiso para ausentarse de sus labores para trámites particulares hasta por un día hábil en cada semestre calendario. Estos permisos podrán fraccionarse por medios días.
Para el ejercicio de este derecho el o la trabajadora deberá solicitarlo por escrito al empleador al menos con dos días hábiles de anticipación a aquel en que ejercerá el derecho a permiso. Con posterioridad, presentará los antecedentes suficientes que acrediten la realización de los trámites.”
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara Baja.
Vea Boletín N° 16047-13 y siga su tramitación aquí.