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España.

Mujer sujeta a vigilancia permanente debido a su alto riesgo de suicidio califica en una situación de “gran invalidez”.

Es cierto que la literalidad de la norma se refiere a la asistencia para realizar actos primarios y elementales; sin embargo, por una aplicación analógica, deben ser objeto de inclusión en la situación de gran invalidez los casos graves de alteraciones mentales cuando es necesaria la continuada asistencia de otra persona para evitar conductas de agresividad que pongan en peligro la seguridad propia o ajena.

22 de julio de 2023

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (España), acogió el recurso de suplicación deducido por una mujer sujeta a vigilancia permanente debido a sus conductas autolesivas, por lo que su entidad de seguridad social deberá aumentar el monto de su pensión. Dictaminó que la actora se encuentra en una situación de gran invalidez.

La recurrente, que posee una discapacidad permanente del 80%, padece graves trastornos psiquiátricos que la han llevado a consumir estupefacientes y a atentar contra su vida en más de una ocasión, por lo que está sujeta a vigilancia permanente de un tercero para evitar que concrete sus intentos. En este contexto, solicitó a su entidad de seguridad social el reconocimiento de su condición de gran invalidez, para así percibir un aumento de su pensión.

La entidad desestimó la solicitud, aduciendo que su situación no cumplía con los presupuestos prescritos en la norma. Posteriormente la mujer demandó a la entidad sin éxito, pues el juzgado solo reconoció su condición de incapacidad absoluta. Recurrió esta decisión ante el TSJ.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que “(…) es cierto que las imposibilidades descritas en la norma (comer, vestirse, desplazarse) no constituyen una lista cerrada, sino que tan sólo están referidas a modo de ejemplo. El acto esencial para la vida «es todo aquel que sea preciso para la satisfacción de una necesidad primaria e ineludible, para poder fisiológicamente subsistir o para ejecutar aquellas actividades indispensables en la guarda de la seguridad, dignidad, higiene y decoro fundamental para la humana convivencia», relación de actos esenciales para la vida que es meramente enunciativa e incluso la propia norma recurre a la analogía”.

Agrega que “(…) basta que la imposibilidad afecte a uno sólo de dichos actos para que, dándose la necesidad de ayuda externa, concurra la situación de «gran invalidez sin que sea preciso que se desarrolle de forma permanente o continuada. Es la dependencia respecto del protector o cuidador lo que caracteriza la gran invalidez. La protección de la vida, frente a la tendencia de autodestrucción, también ha de estar comprendida entre los actos a los que la norma que se dice vulnerado se refiere. En esta línea, la jurisprudencia ha reconocido la gran invalidez cuando existe necesidad de ayuda de tercero para impedir posibles actividades autoagresivas”.

Señala que “(…) es cierto que la literalidad de la norma se refiere a la asistencia para realizar actos primarios y elementales; sin embargo, por una aplicación analógica, deben ser objeto de inclusión en la situación de gran invalidez los casos graves de alteraciones mentales cuando es necesaria la continuada asistencia de otra persona para evitar conductas de agresividad que pongan en peligro la seguridad propia o ajena”.

El Tribunal concluye que, “(…) ha de considerarse procedente la declaración de «gran invalidez» si el sujeto incapacitado precisa de la más genérica y trascendental ayuda de tercera persona para preservarle de situaciones de peligro o riesgo. Esta misión de vigilancia y control del inválido es tan importante que incluso para esa tercera persona resulta de lógica mayor responsabilidad y trascendencia que la mera ayuda o realización de determinados actos esenciales concretos en beneficio del incapacitado, como el de vestir, dar de comer o desplazarse”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal resolvió acoger el recurso y revocar el fallo impugnado.

 

Vea sentencia Tribunal Superior de Justicia de Cantabria 447/2023.

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