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Imagen: ex-ante.cl
Querella por injurias con publicidad.

Corte Suprema confirma sentencia que acogió desafuero de diputada de María Luisa Cordero Velásquez.

En decisión de mayoría, el Pleno del máximo tribunal, luego de escuchados los alegatos de las partes, determinó confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 20 de junio pasado privó de inmunidad parlamentaria a la diputada Cordero Velásquez, disponiendo su desafuero.

7 de agosto de 2023

La Corte Suprema  confirmó la decisión que aprobó el desafuero de la diputada María Luisa Cordero Velásquez en una querella por injurias con publicidad interpuesta por la senadora Fabiola Campillai Rojas.

En decisión de mayoría, el Pleno del máximo tribunal, luego de escuchados los alegatos de las partes, determinó confirmar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 20 de junio pasado  privó de inmunidad parlamentaria a la diputada Cordero Velásquez, disponiendo su desafuero.

En los próximos días se dará a conocer el texto íntegro de la sentencia.

El desafuero de la diputada se solicitó por sus dichos respecto de la senadora, en los que en dos ocasiones a través de un medio de comunicación dio a entender que fingía su ceguera, refiriendo que “(…) ella (la Senadora) manda a quemar el país… No es ciega tiene un ojo bueno”.

Estas declaraciones fueron catalogadas por la afectada como delito de injurias con publicidad, motivo por el cual, con fecha 20 de junio de 2023, el pleno de la Corte de Santiago, en voto de mayoría (16-2) dispuso el desafuero de la Diputada Cordero, al considerar que las expresiones vertidas justificaban la existencia del delito imputado.

En contra de este último fallo, la parlamentaria dedujo recurso de apelación.

En cuanto a los elementos sustanciales, la apelante afirmó que no existe un ánimo injurioso en sus dichos, aduciendo que no ha transgredido la libertad de emitir opinión, pues -en su parecer- “(…) decirle a alguien ciego que, en realidad, sí ve, al menos por un ojo, no es, no puede ser, una injuria, pues no se advierte con ello la ofensa o el insulto”.

Puntualizó que dicha opinión la expresó como médico, en el contexto de una crítica política haca la Senadora Campillai, y en tal sentido, las desavenencias de orden político pueden ser dolorosas para quien las recibe, pero en ningún caso aquella incomodidad transforma los dichos en injuriosos, enfatizando que, “(…) El sufrimiento emocional que le causa una crítica u opinión técnica no puede en ningún caso asimilarse a una injuria”.

La diputada finalizó esgrimiendo que el proceso ante los ministros de fuero, fue utilizado para conculcar el ejercicio de su libertad de expresión, y como un “ataque mediático” de ciertos medios de comunicación que hicieron eco de la situación para fustigarla por la forma en que emitió sus opiniones, desviándose del contexto de crítica política en que fueron emitidas.

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