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Recurso de casación rechazado

Recursos de nulidad deben ser inadmitidos si se alega infracción procesal o constitucional, resuelve Tribunal Supremo de España.

Sólo podrán invocarse preceptos penales sustantivos u otras normas jurídicas del mismo carácter, por lo que queda absuelto del delito de coacciones el ex marido que puso en dos oportunidades un GPS en el vehículo de su ex mujer, sin su conocimiento ni consentimiento.

24 de agosto de 2023

El Tribunal Supremo de España desestimó el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón, que revocó el fallo de primera instancia que condenaba al acusado a un año de prisión por el delito de coacciones.

La recurrente alegó que se falló infringiendo la tutela judicial efectiva, ya que su ex marido como bien lo dio por acreditado el tribunal de instancia, le puso en dos oportunidades un GPS en su vehículo sin su conocimiento ni consentimiento, como así también se presentaba en el complejo donde practicaba pádel, le enviaba constantemente mensajes e intentó obtener imágenes a través de la empresa de seguridad de la casa que tenían en común.

El máximo Tribunal refiere que, para recurrirse en casación “(…) sólo podrán invocarse preceptos penales sustantivos u otras normas jurídicas del mismo carácter.”

En ese sentido, señala que “(…) en el caso enjuiciado, el recurrente no respeta los hechos probados, sino que formaliza el recurso mediante el despliegue de motivos de infracción constitucional, lo que no puede ser utilizado en este nuevo formato impugnativo, inaugurado por la Ley 41/2015.”

A mayor abundamiento, “(…) los recursos deben fundarse necesariamente en la infracción de un precepto penal de carácter sustantivo u otra norma jurídica del mismo carácter (sustantivo) que deba ser observada en la aplicación de la Ley Penal (normas determinantes de la subsunción), debiendo ser inadmitidos los recursos de casación que aleguen infracciones procesales o constitucionales. Sin perjuicio de ello, podrán invocarse normas constitucionales para reforzar la alegación de infracción de una norma penal sustantiva.”

En base a esas consideraciones, el Tribunal rechazó el recurso de casación interpuesto, por lo que quedó a firme la absolución del acusado y condenó en costas a la recurrente.

 

Vea sentencia Tribunal Supremo de España Rol N°634-2023.

 

 

 

 

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