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Proceso Constitucional

Boletín Constitucional 37: El nuevo turno de la Comisión Experta

Luego de 26 sesiones del Consejo Constitucional, el anteproyecto volverá a las manos de la Comisión Experta. Las y los comisionados estarán encargados de hacer observaciones al texto. No obstante, la tarea de acuerdos no será fácil, dado que a pesar de que dicho órgano alcanzó consensos en el anteproyecto presentado antes de las modificaciones de las y los consejeros, el sector republicano, dada su mayoría, tiene todavía el timón del proceso constitucional.

12 de octubre de 2023

En materia de elecciones, el Capítulo X llamado «Justicia Electoral y Servicio Electoral» fue aprobado por el Pleno del Consejo Constitucional. Este capítulo establece la creación de organismos como el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), los tribunales electorales regionales y el Servicio Electoral.

El Tricel tendrá la función de mantener un registro preciso de la voluntad ciudadana expresada en elecciones, referendos y plebiscitos. Además, supervisará todos los tribunales electorales regionales. Estará compuesto por cuatro ministros de la Corte Suprema seleccionados al azar y un ciudadano que haya sido presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado durante al menos un año, también seleccionado al azar de entre los que cumplan con estos requisitos.

Por otro lado, el Servicio Electoral (Servel) será responsable de administrar, supervisar y fiscalizar las elecciones, referendos y plebiscitos, así como garantizar el cumplimiento de las normas de transparencia y control del gasto electoral, y las relacionadas con los partidos políticos, entre otras funciones que establecerá la ley. El Servel estará dirigido por un Consejo Directivo compuesto por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo de tres quintos de los senadores en ejercicio. Estos consejeros tendrán un mandato de diez años y no podrán ser reelegidos, con renovación parcial cada dos años.

Asimismo, esta semana se aprobaron reformas significativas para modernizar el Ministerio Público en Chile. Estas reformas, contenidas en el Capítulo IX de la Constitución y propuestas por la Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos, buscan fortalecer la independencia y eficiencia de esta institución legal.

Los cambios incluyen la confirmación de la autonomía del Ministerio Público y su enfoque exclusivo en la investigación de delitos, sin funciones jurisdiccionales. Se destaca la creación de una Fiscalía Supraterritorial para abordar casos de crimen organizado y alta complejidad en todo el país, con un fiscal con un mandato de 8 años. Además, se establece una Fiscalía de Asuntos Internos para investigar faltas disciplinarias y delitos cometidos por fiscales y empleados.

Se crea un Consejo Consultivo liderado por el Fiscal Nacional, con la participación de diversas autoridades, para asesorar a la institución y mejorar la coordinación entre las agencias encargadas de hacer cumplir la ley. La designación del Fiscal Nacional será un proceso riguroso, que incluye la selección por parte de la Corte Suprema, nominación presidencial y ratificación por el Senado con un amplio acuerdo. Estas reformas buscan fortalecer el sistema legal chileno en la investigación y persecución de delitos.

Por otra parte, el Pleno del Consejo Constitucional aprobó importantes cambios relacionados con la autonomía y la fiscalización en el Capítulo XI y XII, referentes a la Contraloría General de la República y el Banco Central (BC) de Chile.

En cuanto a la Contraloría, se estableció su función principal de controlar la legalidad y constitucionalidad de los actos administrativos del Estado, así como supervisar la probidad en la administración pública. Se rechazó la creación de un Consejo Técnico Asesor consultivo.

La Contraloría también tomará razón de decretos y resoluciones según la ley, pero no aprobará desembolsos o compromisos de gastos del Estado. Los actos de gobiernos regionales y locales que generen gasto público estarán sujetos a su revisión. En cuanto a la entrega de fondos públicos a privados, la Contraloría podrá fiscalizar la utilización adecuada de esos recursos.

Además, la Contraloría rendirá cuentas al Congreso Nacional y se regirá por principios de probidad, transparencia, publicidad, celeridad y rendición de cuentas, sin pronunciarse sobre la conveniencia de las decisiones de los sujetos bajo su control ni sobre asuntos judiciales.

En el caso del Banco Central, se confirmó su autonomía como entidad técnica con patrimonio propio. Su función principal será garantizar la estabilidad de la moneda y el funcionamiento adecuado de los pagos nacionales e internacionales. El Banco Central podrá regular la cantidad de dinero en circulación, realizar operaciones de crédito y cambios internacionales, y establecer normas en asuntos monetarios, crediticios, financieros y de cambios internacionales.

La propuesta original de considerar los efectos de la política monetaria en la actividad económica y el empleo no fue incluida en el texto final. El Banco Central solo podrá realizar operaciones con instituciones financieras sin otorgar garantías ni adquirir documentos emitidos por el Estado. Además, informará anualmente al Presidente de la República y al Congreso Nacional sobre sus actividades.

En su última jornada de votación, el Pleno del Consejo Constitucional respaldó, de manera unánime, la incorporación de un capítulo dedicado a la Protección del Medio Ambiente, la Sustentabilidad y el Desarrollo. Esto se alinea con las propuestas de la Comisión Experta y refleja uno de los fundamentos institucionales que rigen este proceso.

El contenido aprobado establece que tanto el Estado como las personas tienen la responsabilidad de proteger el medio ambiente y fomentar la sustentabilidad. Esto abarca la conservación del patrimonio ambiental, la preservación de la naturaleza y su biodiversidad, y la promoción de una matriz energética compatible con la protección del entorno.

Además, por una mayoría de 33 votos a favor y 17 abstenciones, se reintegró un artículo propuesto por la Comisión Experta que dictamina que «el Estado implementará medidas de mitigación y adaptación de manera oportuna, racional y justa frente a los efectos del cambio climático». Se agregó la palabra «racional» a pedido de los consejeros de la bancada republicana.

El debate estuvo marcado por las distintas opiniones en torno a la supresión previa de esta norma y la necesidad de abordar la realidad y los efectos del cambio climático en el país, destacado por el Consejero Carlos Recondo (UDI).

También se ratificaron las disposiciones relacionadas con la institucionalidad ambiental, indicando que los procedimientos de evaluación ambiental serán técnicos y participativos, con criterios, requisitos y condiciones uniformes.

En relación a la protección de las aguas y los recursos hídricos, no se incluyeron ciertas normas, como la IPN 10.267 «Agua para la vida», que fue rechazada por 17 votos a favor, 7 en contra y 26 abstenciones. Esto generó críticas por parte de consejeros de Unidad para Chile, quienes argumentaron que la crisis hídrica está ampliamente documentada y que las normativas actuales perpetúan la falta de acceso al agua en algunas comunidades.

Finalmente, se aprobó una disposición transitoria que otorga al Presidente de la República un plazo de dos años para presentar un proyecto de ley que adapte los procedimientos e instituciones ambientales a los requisitos establecidos en este nuevo capítulo constitucional.

Con la aprobación del Capítulo XIV titulado «Procedimientos de Cambio Constitucional», el Pleno del Consejo Constitucional concluyó su debate y votación sobre aproximadamente 218 artículos y 59 disposiciones transitorias que conformarán la propuesta de una nueva Constitución. Esta propuesta será remitida a la Comisión Experta para su revisión y, en caso necesario, formulación de observaciones.

Con relación a las últimas normas aprobadas, el Consejo respaldó que los proyectos de reforma constitucional puedan ser iniciados por el Presidente de la República o cualquier miembro del Congreso Nacional, requiriendo en cada cámara el voto a favor de tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.

Aunque esta norma coincide con la propuesta de la Comisión Experta, la consejera María Pardo (CS) criticó el alto quórum requerido para realizar reformas, que supera el requerido en la constitución actual. Argumentó que esta proporción «en lugar de abrir el futuro, lo rigidiza».

Si ambas cámaras del Congreso aprueban un proyecto de reforma constitucional, este será enviado al Presidente para su promulgación. En caso de que el Presidente lo rechace, pero ambas cámaras insistan con el mismo quórum anterior (tres quintos), el mandatario «deberá promulgar dicho proyecto, a menos que consulte a la ciudadanía mediante referendo».

Respecto al procedimiento de reemplazo completo de la constitución, el Consejo aprobó retomar la propuesta de la Comisión Experta, a pesar de que inicialmente había sido rechazada por la Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado.

Esta norma establece que el proceso de reemplazo constitucional solo puede ser iniciado por el Presidente de la República, con el acuerdo de dos tercios de los miembros en ejercicio de ambas cámaras. Debe incluir las bases institucionales y la forma de elección de una comisión técnica que elaborará un anteproyecto de una nueva constitución.

El anteproyecto se enviará a la Cámara de Diputados y Diputadas y luego al Senado, donde sus normas deben ser aprobadas por dos tercios de los miembros en ejercicio de cada cámara. Si se aprueba, el proyecto esperará la próxima renovación de la Cámara de Diputados y Diputadas, quienes, junto con el Senado, deben ratificarlo nuevamente por dos tercios. En caso de ser ratificado, se convocará a un plebiscito nacional constitucional por parte del Presidente de la República.

A pesar de haber votado a favor de suprimir este artículo durante el trabajo en la comisión, el consejero Jorge de la Maza (PRep) señaló que este procedimiento de reemplazo constitucional «garantiza la estabilidad institucional».

Tras concluir la sesión, la Mesa Directiva del Consejo Constitucional realizó un balance de cuatro meses de trabajo. La presidenta, la consejera Beatriz Hevia (PRep), destacó que la propuesta de una nueva constitución se desarrolló dentro de los plazos establecidos, cumpliendo con su tarea.

En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, la comisionada de la Democracia Cristiana, Paz Anastasiadis ha expresado su preocupación por el contenido del proyecto constitucional tras las votaciones en el Pleno del Consejo Constitucional. Anastasiadis hace un llamado a las distintas fuerzas políticas a actuar con un sentido de «responsabilidad de país» y enfatiza la necesidad de centrarse en temas que trasciendan las divisiones partidistas, como el Estado social.

Ella reconoce que la etapa actual del proceso es un desafío, ya que deben llevar las observaciones a un Pleno conformado en su mayoría por republicanos y miembros de Chile Vamos. Subraya la importancia de la transversalidad en el texto constitucional para su aprobación y llama a todos los involucrados a ser conscientes de esta necesidad.

En cuanto al compromiso del Partido Republicano, Anastasiadis destaca que ganar elecciones conlleva una gran responsabilidad y desafía a este partido a presentar un texto que pueda ser aprobado en diciembre.

Ahora le toca a la Comisión Experta

Luego de meses, la Comisión Experta volverá a tener el anteproyecto en sus manos. Ciertos temas como el derecho a la elección en la salud, pensiones, entre otros, siguen en discusión tanto en las y los consejeros como comisionados. Ahora –nuevamente– la Comisión Experta tomará protagonismo. Esta vez para realizar observaciones con el apoyo de más de cinco y menos de 10 consejeros o consejeras para agregar, modificar o suprimir artículos o alguna parte de estos. 

En tanto, la Comisión Experta tendrá que convocar a un Pleno para la votación de estas propuestas de modificación, las cuales necesitaran 3/5 de apoyo de sus miembros. Tras ello, la misma comisión, deberá entregar un documento a la Mesa Directiva del Consejo Constitucional, la que dispondrá de 24 horas para entregarle dicho documento a todas y todos los consejeros constitucionales. El Consejo podrá convocar hasta dos sesiones para debatir las propuestas que entregó la Comisión Experta. 

Estas deberán ser aprobadas con el mismo quorum que se dispuso para la Comisión Experta (3/5), es decir, 30 votos. Ahora bien, de no alcanzar dicho quorum ni los 2/3 para el rechazo de la propuesta, se daría paso a la creación de una Comisión Mixta, la cual aparece como una vía alternativa para analizar y buscar acuerdos de solución para las propuestas.

Este órgano, sería integrado por seis comisionados y seis consejeros y deben ser apoyados por 3/5 de las y los integrantes del órgano que corresponda. Tras ello, el Pleno del Consejo Constitucional deberá escoger al presidente de dicha comisión.

Vale decir que, las propuestas que entregue la Comisión Mixta –con un plazo de cinco días desde la instalación– deben aprobarse con 3/5 de las y los integrantes y deben ser presentadas por alguna de las o los comisionados de este mismo órgano.

Dichos acuerdos a los que llegue la Comisión Mixta, deben ser aprobados por 3/5 de las y los integrantes del Consejo Constitucional. De no ser así, la propuesta sería rechazada por completo.

El ambiente sigue siendo tenso. Previo a recibir el informe del Consejo Constitucional, las y los comisionados ya comenzaron a reunirse para revisar cuáles podrían ser las temáticas más polémicas o las que necesiten alguna modificación. 

No es una sorpresa que temas como la salud, educación, pensiones, vivienda, entre otros, son los que estarán en materia de análisis y discusión tanto en la instancia de la Comisión Experta como del Consejo Constitucional propiamente tal.

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