La Comisión de Seguridad Ciudadana terminó la revisión de las modificaciones del Senado al proyecto que ley sobre seguridad privada. En la sesión, se analizó el rango de acción de empresas y personas vinculadas a seguridad privada y su rol en eventos masivos. De igual modo, sobre las autoridades encargadas de la fiscalización de estas materias y las sanciones a las que se exponen quienes no cumplan la normativa.
Para exponer sobre los cambios realizados en el segundo trámite participaron en la comisión el subsecretario de Prevención del delito, Eduardo Vergara. Junto a él también expuso Claudio Rodríguez, asesor del Ministerio de Interior y Seguridad Pública.
Entre las principales modificaciones del texto, destacaron la nueva definición de empresas de seguridad privada. La propuesta las define como aquellas que tienen por objeto suministrar bienes o prestar servicios para la protección de personas, bienes y procesos productivos en determinadas actividades.
También agrega que sólo podrán actuar con este fin aquellas que se encuentren autorizadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito. Para esto, deberán cumplir con una serie de requisitos, como contar con personalidad jurídica de derecho privado.
Otra exigencia es que sus socios, administradores o representantes legales no hayan sido condenados por crimen o simple delito, ni tengan acusaciones en su contra. Tampoco, que hayan salido de las Fuerzas Armadas, Gendarmería o las policías por la aplicación de medidas disciplinarias en los últimos cinco años.
Otras materias en seguridad privada
El texto legal comenzó su tramitación en 2009 y en agosto de 2013 fue despachado a segundo trámite, al Senado. Tras estos años de análisis y debates, también se cambió la definición de transporte de valores y sus actividades vinculadas. La norma lo define como la custodia y traslado de valores de un lugar a otro, dentro o fuera del territorio nacional. Éste sólo podrá realizarse por empresas autorizadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Igualmente, incluyó normas para las empresas de seguridad electrónica. Ellas son definidas como aquellas que tiene por objeto la instalación y mantenimiento de equipos tecnológicos con fines privados conectados a centrales receptoras de alarmas y videovigilancia.
A su vez, el proyecto incorporó los requisitos que deben tener las personas que presten servicios en seguridad privada. En este marco se destaca, entre otros puntos, tener condiciones “físicas y psíquicas” compatibles con las labores a desempeñar. Pero agrega que esto debe ser en consideración de criterios de inclusión y no discriminación. Conjuntamente, se suma a lo anterior no haber sido sancionado por la comisión de diferentes tipos de delitos.
Además, la nueva propuesta perfecciona la definición de guardia de seguridad. Se entenderá por tal aquel que, sin ser vigilante privado, personalmente otorga protección a personas y bienes. La distinción es importante ya que este tipo de funcionario no se encuentra autorizado para el porte de armas. Sin embargo, igualmente deberán ser autorizados por la Subsecretaría de Prevención del Delito, la que tendrá una vigencia de cuatro años.
Eventos masivos
Otro punto del que se hace cargo esta iniciativa es establecer los lineamientos para la seguridad privada en eventos masivos. El objetivo es evitar riegos para la integridad de las y los asistentes o los bienes, junto con alteraciones a la seguridad y orden público.
El texto define evento masivo como aquellos organizados por una o más personas naturales o jurídicas en espacios públicos o privados que logren producir una concurrencia estimada de 3 mil personas. Esto no quita que aquellos que logren una concurrencia menor no se deban a acoger a los lineamientos establecidos en la ley.
La norma establece definiciones de conceptos vinculados a la materia junto con un listado de derechos y deberes de quienes asisten a los eventos masivos. Así, también, establece estas medidas para sus organizadores. Junto a esto, detalla los procedimientos para la autorización de este tipo de actividades y la responsabilidad civil de quienes convoquen u organicen.
Noticia Relacionada
Finalmente, la comisión recomendó aprobar los artículos vinculados al rol del Ministerio del Interior y Seguridad Pública en la fiscalización de esta normativa. Aquí se destaca el trabajo que realizará la Subsecretaría de Prevención del Delito. La entidad deberá autorizar, regular, supervigilar, controlar y ejercer otras atribuciones en materia de seguridad privada.
Por tiempo, las y los diputados no alcanzaron a pronunciarse sobre el último título del proyecto. Sin embargo, se espera que la iniciativa sea debatida en la sesión de este miércoles 25 de octubre en la Sala de la Cámara. Esto, porque el Ejecutivo le asignó a su tramitación urgencia de “discusión inmediata” (seis días para el trámite).
Vea mensaje y siga la tramitación del Boletín Nº6639-25
porque el os10 se demora tanto en tramitar las credenciales de los ggss y vvpp?? se estan demorando un año esto ya es insólito ,mas encima piden cualquier documentación para ejercer.
Otro arreglin de exuniformados qué después de trabajar Solo 20 Años en su institución se Jubilan con su Sueldo y sebapitutan como guardias…. Dejando fuera años Civiles a los que se les exijenum Curso de OS10 qué NO sirven para nada más que para poner trabas Civiles para trabajar por ejemplo de Conserjes… Que NO son Guardias de seguridad sino Mayordomos de edificio… Como yo
le están entregando la seguridad privada de nuestro país a personas extranjeras sin ninguna verificación segura de antecedentes penales .
De nada sirve una persona, sin armas de fuego sin entrenamiento en contención de desórdenes, en ee.uu. el guardia de seguridad privado, está al mismo nivel que un policía en capacidad operativa y sueldo, acá estamos en pañales
¿Cual es el avance? al no haber cambios significativos como establecer más atribuciones a la Seguridad Privada se les está enviando un mensaje a los delincuentes que nada cambia y que pueden seguir robando, asaltando y matando a la ciudadanía porque cuentan con una legislación hecha a su medida. Que triste o sea seguimos desamparados.
Nada nuevo a lo que actualmente se maneja en seguridad privada hoy.