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Moción de Diputada y Diputados.

Proyecto de ley propone exigir que los vehículos motorizados cuenten con balizas luminosas de señalización para casos de emergencia.

Es usual que a bordo de un vehículo ocurran otras situaciones que hacen necesario detenerse en mitad de la calle o autopista, lo cual debe ser realizado con el máximo de medidas de emergencia posibles con el fin de evitar que esto traiga consecuencias mayores, especialmente teniendo en cuenta la velocidad a la que se conduce en ciertos caminos.

7 de noviembre de 2023

La moción, presentada por la Diputada Natalia Romero y los Diputados Jorge Alessandri, Fernando Bórquez, Álvaro Carter, Juan Antonio Coloma, Eduardo Cornejo, Felipe Donoso, Cristian Labbé, Cristóbal Martínez y Cristhian Moreira, modifica la Ley N°18.290, de Tránsito, para exigir que los vehículos motorizados cuenten con balizas luminosas de señalización para casos de emergencia.

Exponen que reducir la cantidad de vehículos que transitan diariamente por el país es un trabajo que debe concretarse a largo plazo, y por mientras, se deben implementar medidas consecuentes con la realidad de las carreteras, autopistas urbanas y calles más transitadas de Chile. Todo esto con el fin de asegurar óptimos estándares de seguridad y una buena calidad de vida para los chilenos.

Manifiestan que de acuerdo a cifras publicadas en 2022 por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la cantidad de vehículos motorizados alcanzó casi los seis millones de unidades a fines de 2021, aumentando en un 81% desde 2010. En esta línea, agregan que en 2022 se registró una venta de más de 426 mil unidades de vehículos nuevos en el país, siendo la mayor cifra registrada históricamente en el mercado nacional. Este resultado también posiciona a Chile como el segundo mayor mercado de Sudamérica en esta materia.

Afirman que, este aumento en las ventas de vehículos fue acompañado por un incremento en los accidentes de tránsito. Refieren que el Observatorio de Seguridad Vial dio a conocer que durante 2022 se registró un total de 86.050 siniestros de tránsito y 1.745 personas perdieron la vida, cifra que tuvo un aumento del 3,4% respecto a los fallecidos en 2021.

Además de los accidentes de tránsito, señalan que es usual que a bordo de un vehículo ocurran otras situaciones que hacen necesario detenerse en mitad de la calle o autopista, lo cual debe ser realizado con el máximo de medidas de emergencia posibles con el fin de evitar que esto traiga consecuencias mayores, especialmente teniendo en cuenta la velocidad a la que se conduce en ciertos caminos.

Traen a colación la realidad internacional y comentan que hace un tiempo la Dirección General de Tráfico (DGT) de España, estableció que los conductores que experimenten averías o accidentes en autopistas o autovías no deben bajar de su vehículo para colocar los triángulos de emergencia, pues en 2021, 22 personas murieron atropellados en dicho país mientras los colocaban. Esta medida fue remplazada por la instalación de balizas V16, las cuales serán obligatorias a partir de enero de 2026, lo cual evitará que los conductores tengan que bajarse del auto si tienen algún problema en las carreteras, evitando aumentar el riesgo de que el accidente se agrave aún más. Por lo demás, esta baliza se instala en el techo del vehículo con un imán y permite compartir la posición del vehículo en la carretera para que los otros conductores puedan verla.

En este contexto, añaden que, si se adopta esta medida en Chile, será posible reducir el riesgo de accidentes graves cuando un vehículo debe detenerse en mitad de una autopista, lo cual sin duda constituye un avance en materia de seguridad vial.

Para ello, proponen modificar la Ley de Tránsito con el objeto de establecer la obligación de que los vehículos cuenten con balizas luminosas de seguridad como elemento de seguridad para ser utilizado en caso de emergencia.

A tal fin, la iniciativa incorpora en el numeral 7 del artículo 75 de la Ley 18.290, de Transito, luego de la palabra “determine”, la siguiente oración: “, dentro de los cuales se deberá incluir una baliza luminosa de señalización”. Junto a ello una norma transitoria establece que esta exigencia entrará a regir a partir del 1 de enero de 2026.

El artículo 75 establece los elementos con los que deben contar los vehículos motorizados, según tipo y clase, y el numeral 7 se refiere, precisamente, a los dispositivos para casos de emergencia que deben cumplir con los requisitos que el reglamento determine.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea moción y siga la tramitación del Boletín Nº16388-15.

 

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