Noticias

Examen de evaluación Técnica DPP.

Mejores resultados históricos se obtienen en las pruebas habilitantes para ejercer como defensor penal público.

Aunque sólo dos personas alcanzaron el 100% en los respectivos exámenes, una de la región del Biobío en la prueba de defensa general y otra de la Región Metropolitana en la de defensa penitenciaria.

15 de noviembre de 2023

La Defensoría Penal Pública (DPP) publicó los resultados del segundo proceso anual de rendición de las pruebas habilitantes de defensa general y penitenciaria para abogadas y abogados de todo el país para que puedan ejercer como defensores públicos.

La institución informó a través de la Unidad de Licitaciones del Departamento de Estudios y Proyectos (DEP) que el 24 de octubre pasado, 287 personas rindieron el examen de defensa general, respecto de las cuales el 97% lo aprobó, mientras que el 92% de las 87 personas que respondieron el examen de defensa especializada logró aprobarla, cuyos resultados fueron los mejores históricamente.

No obstante, sólo dos personas alcanzaron el 100% en los respectivos exámenes, una de la región del Biobío en la prueba de defensa general y otra de la Región Metropolitana en la de defensa penitenciaria, la que conformaba el 39% del total de personas inscritas en las Defensorías Regionales Metropolitanas (Norte y Sur).

Cabe señalar que dicha prueba es sólo habilitante, en cuanto una vez que comiencen a ejercer la defensa publica se someterán a nuevas capacitaciones.

Para acceder a los resultados se debe ingresar con la clave única, toda vez que, los resultados son individuales.

De acuerdo al artículo 2 de la Ley N°19.818, la DPP proporciona defensa penal a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que sea de competencia de un juzgado de garantía o de un tribunal de juicio oral en lo penal y de las respectivas Cortes, en su caso, y que carezcan de abogado. De allí que en la eventualidad que una persona carezca de abogado de confianza, la DPP asumirá su representación.

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *