La Corte de Arica rechazó el recurso de apelación presentado en contra de la resolución que decretó el sobreseimiento definitivo de cuatro defensores penales, imputados por el Ministerio Público como autores del delito de violación de secreto al solicitar y acceder a la identidad de testigos reservados, agentes encubiertos y víctimas protegidas que figuran en la acusación en contra de integrantes del denominado clan “Los Gallegos”.
El fallo afirma que, del mérito de los antecedentes se desprende, tal como concluyó acertadamente el juez de primer grado, y sin entrar al análisis del primer parámetro que establece el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, tópico que por lo demás no fue apelado, en el presente caso, se configura el supuesto que establece la letra b) del citado artículo, esto es, aparece de manifiesto la inocencia de los imputados, toda vez que su actuar, en la audiencia de 13 de septiembre del año en curso, como en los momentos posteriores a la misma, se limitaron a ejercer su función pública de forma minuciosa, velando por el derecho constitucional a la defensa efectiva de sus representados, conducta que por lo demás, estaba amparada por una resolución judicial que accedió a sus peticiones.
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Por tanto, se resuelve que se confirma la resolución apelada, pronunciada en los autos RIT 6653-2023 por el Juzgado de Garantía de Arica.