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imagen: bbci.co.uk
Hito judicial.

Mujer que sometió a mutilación genital femenina a una niña en el extranjero es condenada a prisión por tribunal británico.

Es la primera condena bajo la Ley de Mutilación Genital Femenina (MGF) de 2003 en el Reino Unido, legislación que prohíbe tanto la MGF en su territorio como llevar a niñas al extranjero para someterlas a este procedimiento. La sentencia resalta la gravedad de este procedimiento, considerado tortura según varios tratados internacionales.

22 de febrero de 2024

El Tribunal Penal Central del Reino Unido emitió un fallo trascendental en un histórico caso de mutilación genital femenina (MGF), condenando a 7 años de prisión a una mujer llamada Amina Noor por su participación en un procedimiento de MGF en el extranjero.

La víctima, conocida bajo el seudónimo de Jade por razones de seguridad, tenía tres años cuando Noor la llevó a Kenia, donde fue sometida a la MGF. Noor, originaria de Somalia, se trasladó a Kenia para escapar de conflictos armados y posteriormente obtuvo la ciudadanía británica. Argumentó que su familia, incluida su madre, la presionó para realizar la mutilación. Sin embargo, el juez Simon Bryan desestimó su defensa, afirmando que las pruebas presentadas sugieren que Noor estaba plenamente consciente de la práctica.

Noor fue acusada el año pasado, siendo esta la primera condena bajo la Ley de Mutilación Genital Femenina de 2003 en el Reino Unido, legislación que prohíbe tanto la MGF en su territorio como llevar a niñas al extranjero para someterlas a este procedimiento. La sentencia resalta la gravedad de la MGF, considerada tortura según varios tratados internacionales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos (artículo 3), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (artículos 1 y 16), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración de Derechos Humanos (artículo 7) y la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 37(a).

Este caso destaca la importancia de la conciencia y aplicación de la ley en la lucha contra la MGF, así como la necesidad de proteger los derechos de las niñas en riesgo. 

“La mutilación genital femenina es un delito vil que resulta en la violación y daño permanente al cuerpo de una mujer, con consecuencias adversas para toda la vida. Aquellos que realizan, o que ayudan e incitan a realizar tales mutilaciones deben saber que serán sentenciadas a prisión, como castigo apropiado, y para disuadir a otros de prácticas tan viles”, señaló el juez.

“Ninguna mujer abandonaría a una niña de tres años a tal destino a menos que fuera cruel, insensible y carente de toda compasión y humanidad, que no es la impresión que me formé cuando usted prestó declaración”, concluyó el juez del caso.

Vea texto del fallo.

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