La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una asistente social en contra de Gendarmería de Chile, por trasladarla a un recinto donde se originó un problema de acoso laboral que denunció a la institución; y en su lugar, acogió la acción cautelar.
La recurrente sostiene que ingresó a Gendarmería el año 2015, a prestar servicios como asistente social en el programa “creciendo juntos”. Añade que, en 2021, luego de denunciar acoso laboral por parte de otro profesional del recinto de Isla Teja, fue destinada por sus superiores a prestar servicios en el mismo recinto en que se desempeña el particular denunciado, en contra del cual, mantiene un sumario vigente ante la institución.
Refiere que dicho acto es arbitrario e ilegal, y vulnera su derecho a la vida e integridad psíquica, pues debido al acoso laboral sufrido, actualmente padece diversos trastornos asociados, como depresión y estrés; por lo tanto, solicita a la Corte que ordene a Gendarmería revertir el traslado, y que sea destinada a un recinto diferente, en el que no tenga contacto con el sumariado.
En su informe, Gendarmería de Chile instó por el rechazo de la acción, argumentando que el sumario se encuentra en curso, y que dentro su potestad disciplinar ha adoptado las medidas provisorias para contratar más personal para apoyar el programa en que trabaja la recurrente, y minimizar de esta forma el contacto con la contraparte del sumario, por lo que el recurso de protección no es la vía para impugnar decisiones administrativas no terminales.
Noticia Relacionada
La Corte de Valdivia desestimó la acción cautelar, al considerar que, “(…) en esta sede no es posible determinar si el ambiente laboral en la unidad penitenciaria de Valdivia es o no propicio para la protección de la recurrente, ni si su cuadro médico psiquiátrico ha tenido o no un origen laboral, asunto que, en una primera aproximación, aparecería descartado en la resolución de la Mutual de Seguridad correspondiente al resolver que se ha tratado de una enfermedad común”.
La decisión fue revocada por el máximo Tribunal en alzada, luego de razonar que, “(…) la autoridad recurrida ha actuado arbitrariamente, afectando con su decisión la Garantía Constitucional del artículo 19 N°1 de la Carta Fundamental, al soslayar la necesidad de seguridad y el bienestar de la recurrente en el marco del sumario administrativo, disponiendo su traslado al Centro Penitenciario de la ciudad Valdivia, en donde ocurrieron los hechos que motivaron su denuncia”.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, acogió el recurso de protección, dejó sin efecto el traslado de la recurrente, y ordenó a Gendarmería que concluya el sumario por acoso laboral en un plazo de 30 días.
Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº240.916-2023 y Corte de Valdivia Rol Nº1.572-2023.
La Ilustrisima Corte ha determinado una justa determinación además de ordenar finiquiten el juicio en cuestion por acoso debido a que esos juicios los alargan lo más que pueden para «resguardar» al denunciado.
como es posible que hayan jueces tan poco inteligentes que no realizan bien su trabajo que yo con mis impuestos pago lo digo por los de Valdivia o estarán en las redes también de la corrupcion
Exelente decisión ajustada a derecho.
Muy bien me parece.
excelente decisión de la Corte para que no se vulnere el derecho de un trabajador de realizar sus labores en un ambiente apto síquica y físicamente.