Uno de los primeros temas que se resolvió en torno a esta iniciativa antes del receso legislativo fue el de la forma de nombrar a estos funcionarios de segunda serie del Escalafón Secundario, acordándose entregar el proceso de selección de candidatos al Sistema de la Alta Dirección Pública, en base a perfiles entregados por el Ministerio de Justicia.
A partir de este mes de marzo, la comisión se dedicó a analizar y aprobar las inhabilidades para tales cargos y también retiró de la iniciativa -aprobando o rechazando, según el caso- todas las indicaciones que hacían alusión a la figura de los fedatarios, dado que ese aspecto contenido en el proyecto no será considerado en esta reforma.
Se estableció que no podrán ser notarios, conservadores y archiveros quienes hayan ocupado altos cargos de autoridad en el país -se hace un listado de los cargos- por un periodo de tiempo contado desde que se cesó en dicha ocupación. La idea es ampliar las inhabilidades a las autoridades del Ejecutivo y autoridades órganos autónomos.
Noticia Relacionada
Uno de los puntos que se empezó a discutir es el relativo al límite de edad para el cese de las funciones de los funcionarios de segunda serie de Escalafón Secundario. El proyecto aprobado en primer trámite establece la edad de 75 años o haber cumplido 21 años sirviendo en el mismo oficio.
En la comisión se inició la discusión de este tema, y habría un principio de acuerdo en eliminar lo relativo a los 21 años y dejar como límite los 75 años, estableciendo una disposición transitoria que de un plazo, aún por definir, para el cese de funciones.
El debate no está zanjado si la norma se aplicará o no a algunos cargos prácticamente vitalicios que son aquellos notarios, conservadores o archiveros que fueron nombrados antes del mes de mayo de 1995.
Vea mensaje del Boletín Nº12092-07 y siga su tramitación aquí.