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Imagen: telemundo.com
Información crediticia.

Proyecto de ley que crea un registro de deuda consolidada pasó a tercer trámite.

La Sala del Senado despachó la iniciativa que crea un registro oficial de información relativa a las obligaciones crediticias, con la finalidad de mejorar el sistema de evaluación de las personas y otorgar mayor información a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

19 de abril de 2024

En condiciones de cumplir su tercer trámite, en la Cámara de Diputadas y Diputados quedó el proyecto que crea un registro oficial de información relativa a las obligaciones crediticias. Ello, luego que la Sala del Senado otorgara su respaldo unánime a las normas y a las modificaciones introducidas al texto legal.

La iniciativa apunta a mejorar el sistema y otorgar mayor información a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), de este modo se trata de aportar no solo antecedentes de comportamiento negativo o deuda morosa, sino principalmente, proporcionar información sobre una correcta conducta de pago de las personas y su situación crediticia, de modo que éstas puedan hacer uso de su capital reputacional.

El senador Rojo Edwards fue el encargado de dar cuenta ante la Sala sobre el proyecto en su calidad de presidente de la Comisión de Economía. En la oportunidad, precisó que el texto legal tiene por fundamento general la necesidad de mejorar el sistema de información crediticia, con todos los beneficios que ello implica, tanto para las personas como para el sistema financiero.

A su vez, el senador Ricardo Lagos Weber, en su calidad de presidente de la Comisión de Hacienda también dio cuenta del análisis que realizó la instancia, sobre las normas de su competencia. Destacó que hasta ahora no existen registros positivos de quienes cumplen sus obligaciones económicas por lo que estimó que esta iniciativa mejorará el acceso y las condiciones del crédito.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, añadió que “con esta iniciativa se busca corregir la parcialidad de la información. Este registro que se propone no es excluyente de buró privado crediticio sino que consolida un sistema mixto de información crediticia”.

Durante el debate los parlamentarios coincidieron en que la iniciativa ampliará la información sobre obligaciones financieras que actualmente está disponible en el mercado, lo que permitirá al sistema financiero hacer una evaluación más acertada de los riesgos de las personas, favoreciendo el acceso al crédito y en condiciones más acordes con la realidad de cada deudor.

Por otro lado, se incorporará una instancia administrativa con las facultades necesarias para regular y supervisar a los agentes del sistema de información comercial, por lo que abogaron por una adecuada implementación.

Asimismo, precisaron que se reforzarán los derechos de los deudores respecto de su información crediticia, entendiendo que éstos son los dueños de su propia información, regulando los procedimientos necesarios para que puedan hacer valer estos derechos.

El objeto de la ley, en los términos que lo aprobó el Senado, se describe en su artículo 1, que señala que la ley tiene por objeto crear un registro oficial de información relativa a las obligaciones crediticias, con la finalidad de mejorar el sistema de evaluación crediticia de las personas y otorgar mayor información a la Comisión para el Mercado Financiero para el ejercicio de sus atribuciones de regulación, supervisión y cumplimiento de sus funciones legales. El acceso de los reportantes a dicho registro deberá efectuarse con la sola finalidad de evaluar, respecto de personas determinadas, el riesgo comercial, riesgo crediticio y la gestión de riesgos para operaciones específicas, de conformidad con lo establecido en esta ley y demás normas aplicables.

También se define el fin del Registro de Deuda Consolidada que se crea, cuyo objeto es registrar y otorgar acceso a la información sobre obligaciones reportables en los términos establecidos en esta ley, el que será administrado exclusivamente por la CMF.

A las personas, naturales o jurídicas, se les reconoce el derecho de acceder al registro, respecto de toda su información y la de sus obligaciones, que se encuentre almacenada en dicho registro, a solicitar que se actualice, rectifique o complemente la información.

 

Vea mensaje del Boletín Nº14743-03 y siga su tramitación aquí.

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