La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y sus Relatorías Especiales para la Libertad de Expresión (RELE) y sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) expresaron su preocupación ante los hechos de violencia, arrestos masivos y sanciones a personas de la comunidad educativa que se movilizan sobre asuntos de interés público en Estados Unidos.
Llaman al Estado a respetar y garantizar los derechos a la libertad de expresión y la reunión pacífica, y la libertad académica, y a disponer de instancias de diálogo para abordar las preocupaciones de las personas manifestantes.
Desde mediados de abril, estudiantes han establecido campamentos multitudinarios en cerca de 40 universidades de más de 25 estados del país, llamando al cese de los vínculos financieros de estas instituciones educativas con corporaciones relacionadas con los conflictos en Medio Oriente. En este contexto, información pública da cuenta de más de 2.050 personas detenidas por la policía en campus universitarios, entre ellas estudiantes y docentes.
Las intervenciones policiales han sido solicitadas o autorizadas por las propias instituciones, para dispersar a manifestantes y desmantelar los campamentos. La mayoría de las personas habrían sido detenidas por cargos de invasión a la propiedad privada. Asimismo, unidades antidisturbios habrían utilizado granadas de destello, gases lacrimógeno y balas de goma en el marco de enfrentamientos con manifestantes. Algunas fuerzas policiales continuarían custodiando los alrededores de varias universidades de forma preventiva. Aunado a esto, algunas universidades habrían tomado medidas disciplinarias en contra quienes participaron o planean participar en las protestas, entre las sanciones se encuentran suspensiones y posibles expulsiones.
En este contexto el presidente de Estados Unidos subrayó que el país no es una nación autoritaria que silencia a las personas o reprime la disidencia; destacó que la protesta pacífica es una tradición, como respuesta a asuntos de interés de la ciudadanía; y advirtió que la violencia y la destrucción de propiedad no son formas de protesta legales ni aceptables.
La CIDH tomó nota de que periodistas y trabajadores de la prensa habrían sido sujeto de agresiones y detenciones, mientras realizaban su labor. A esto, se suman reportes sobre enfrentamientos entre manifestantes, resultando en al menos 15 personas heridas, una de ellas hospitalizada; además de casos de estigmatización y acoso. Asimismo, se registran con preocupación las denuncias de mensajes aislados que incitarían a la violencia en contra de personas judías y musulmanas.
Frente a este escenario, la CIDH destaca que la libertad de expresión y el derecho a la reunión pacífica son fundamentales en sociedades democráticas. En particular, recuerda que las instituciones de la comunidad académica, en su rol fundamental como centros de conocimiento y formación, se configuran como espacios cruciales para el fomento de discusiones, el pluralismo de ideas y la deliberación informada sobre asuntos de interés público. De conformidad con los Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria de la CIDH, estas instituciones cumplen un rol esencial para la promoción de los principios democráticos, la apropiación de los derechos humanos, el respeto en la diversidad, y para la respuesta y búsqueda de soluciones ante desafíos que enfrenta la sociedad. En la misma línea, de acuerdo con el principio V, los Estados deben prevenir e investigar los hechos de violencia contra las personas debido a su participación en la comunidad académica o del ejercicio de actividades, en tanto estos pueden vulnerar los derechos fundamentales de las personas, coartar la libertad académica y sembrar la autocensura en la sociedad.
La CIDH recuerda que las ocupaciones de edificios, ya sean públicos o privados, constituyen una modalidad de protesta legítima. Cualquier restricción a estas manifestaciones debe ser excepcional, necesaria y proporcional, ponderando en cada caso concreto la interacción entre el derecho de reunión pacífica y la protección de otros derechos, como la propiedad privada. Las protestas en instituciones académicas representan una plataforma para que estudiantes expresen sus críticas, demandas y reivindicaciones. Asimismo, el accionar violento de una o más personas o la eventual existencia de discursos no protegidos no autorizan per se a que se declare el carácter no pacífico a toda la protesta y se ordene su desconcentración. Las personas que cometan actos no protegidos por el derecho a la reunión pacífica pueden ver restringida, temporal e individualmente, su capacidad de manifestarse. Por lo tanto, los Estados deben abstenerse de incurrir en prácticas de detenciones masivas, colectivas o indiscriminadas. Una detención que se base exclusivamente en el acto de participar en una protesta o manifestación pública no comporta los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad establecidos por los estándares internacionales. Los Estados tampoco deben aplicar tipos penales que convierten en actos criminales conductas comúnmente observadas en protestas.
Finalmente, la Comisión hace un llamado a las autoridades estadunidenses a respetar los derechos a la libertad de expresión y la reunión pacífica, y la libertad académica, conforme a estándares internacionales de derechos humanos; a proteger a las personas manifestantes y terceros presentes; y a privilegiar el diálogo y la negociación para atender las demandas ciudadanas. Asimismo, insta al Estado a abstenerse de emplear excesivamente la fuerza pública durante manifestaciones, excepto cuando sea estrictamente necesario, y de forma proporcionada.
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Vea pronunciamiento del Presidente de EE.UU., los Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria de la CIDH y la publicación Protesta y Derechos Humanos.