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Juicio debe repetirse.

Juicio contra hombre acusado de agresión sexual que no fue informado de su derecho a ser juzgado en el idioma oficial de su elección, se anula por la Corte Suprema de Canadá.

El bilingüismo judicial institucional garantiza la igualdad de acceso a los tribunales para los miembros de las comunidades lingüísticas de Canadá a través de diversas garantías legales, incluidas las establecidas en el art. 530 del Código Penal, promulgado para promover la igualdad de estatus o uso del inglés y el francés.

16 de mayo de 2024

La Corte Suprema de Canadá acogió el recurso de apelación deducido por un imputado francófono bilingüe que no fue informado de su derecho a ser juzgado en el idioma oficial de su elección. Ordenó la realización de un nuevo juicio para garantizar que las declaraciones del acusado durante el litigio sean libres e informadas.

El caso versa sobre un hombre acusado de agresión sexual que impugnó su condena, alegando que el juez de instancia omitió informarle adecuadamente sobre su derecho a ser juzgado en francés, como lo estipulaba el Código Penal. Impugnó su condena vía apelación y resaltó la importancia de garantizar la libre elección e información en el idioma de preferencia a utilizar en los procesos judiciales.

El tribunal ad quem si bien reconoció el error del juez en no cumplir con su deber, según lo establecido en la norma aplicable, consideró que las pruebas presentadas no eran suficientes para demostrar una violación de los derechos fundamentales del actor. La insuficiencia de evidencia respecto a cuándo tuvo conocimiento de su derecho lingüístico y si hubiera optado por un juicio en francés si se le hubiera brindado la oportunidad, llevó al tribunal de apelación a desestimar su recurso, decisión que fue apelada por el actor en estrados de la Corte Suprema.

En su análisis de fondo, la Corte observa que, “(…) el bilingüismo judicial institucional garantiza la igualdad de acceso a los tribunales para los miembros de las comunidades lingüísticas de Canadá a través de diversas garantías legales, incluidas las establecidas en el art. 530 del Código Penal, promulgado para promover la igualdad de estatus o uso del inglés y el francés, cuyo alcance va más allá del derecho constitucional a hablar en el idioma oficial de su elección. También otorga a cada acusado el derecho a elegir el idioma oficial que desea hablar y en el que desea ser entendido por el juez o el juez y el jurado, sin necesidad de utilizar servicios de interpretación o traducción.

Agrega que, “(…) los apartados (1) y (4) del art. 530 establecen dos marcos que regulan el ejercicio del mismo derecho fundamental, es decir, el derecho de todo acusado a ser juzgado en el idioma oficial de su elección. El artículo 530(1) garantiza a todo acusado un derecho absoluto a la igualdad de acceso a los tribunales en el idioma oficial de su elección, siempre que la solicitud del acusado sea oportuna y pueda instruir a su abogado y seguir el proceso en el idioma elegido”.

Comprueba que “(…) la relevancia primordial de la distinción entre errores de derecho y otros tipos de errores radica en la asignación de la carga de demostrar que el error fue o no perjudicial. Cuando el error es de derecho, porque se presume que tal error es perjudicial para el acusado, el fiscal tiene la carga de establecer la ausencia de perjuicio en la etapa del análisis. Esto significa que, en principio, es menos oneroso para un acusado establecer un error de derecho, porque demostrar la existencia de tal error es suficiente para dar lugar a una presunción de perjuicio”.

La Corte concluye que, “(…) el error vició la sentencia de instancia, por lo que se puede presumir perjuicio y anular la condena. Un error en la aplicación de una norma jurídica puede implicar ya sea una decisión que sea errónea desde el punto de vista jurídico o un incumplimiento injustificado de una norma jurídica. El error puede originarse de diversas formas, incluso a través de una mala interpretación de la norma jurídica”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte acogió el recurso y revocó el fallo impugnado, ordenando la realización de un nuevo juicio.

Vea sentencia Corte Suprema de Canadá 2024 SCC 16.

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