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imagen: freepik.com
Lesionó su derecho al honor.

Periódico debe indemnizar a escuela de pilotos por utilizar una imagen de sus avionetas para ilustrar un accidente fatal en el que no estuvo involucrada, resuelve un tribunal español.

La rectificación del medio, horas después de exponer la noticia en su página web y ante la protesta de la demandante, no elimina la intromisión causada por la inicial información, pues como antes se expuso, la información se convirtió en inveraz al asociarse con la imagen de la avioneta de la entidad fotografiada.

8 de junio de 2024

La Audiencia Provincial de Madrid (España) acogió parcialmente el recurso de apelación deducido por una escuela de pilotos que fue vinculada indebidamente en un accidente fatal por un periódico. Constató una violación al derecho al honor de la actora, al estimar que la imagen difundida era suficiente para identificarla en la noticia publicada, y que la posterior rectificación del diario era insuficiente para reparar el daño causado.

En 2019, el periódico publicó la noticia de que dos personas habían fallecido tras estrellarse la avioneta privada en que viajaban e ilustró la nota con la imagen de una avioneta de la recurrente, a pesar de que la aeronave siniestrada no era de su propiedad. Si bien posteriormente contactó al medio para exigir el retiro de la imagen y este accedió horas más tarde, decidió interponer una demanda en su contra. Alegó que la publicación del diario la desprestigió notoriamente en su entorno profesional, al ser asociada indebidamente con un accidente fatal.

En su contestación, el medio de comunicación negó que en la imagen se pudiese identificar a la demandante, pues en ella no aparecía su logo y la matrícula de la avioneta estaba cortada. De todos modos, hizo hincapié en que la noticia fue difundida a las 12.48 del mismo día del accidente y a las 17.35 de la misma fecha se sustituyó. La demanda fue desestimada en primera instancia, por lo que la empresa interpuso un recurso de apelación.

En su análisis de fondo, la Audiencia observa que, “(…) si bien en la fotografía de la imagen de ABC no se expone que es una avioneta de la entidad demandante, sí es cierto que con total claridad es una avioneta que pertenece a dicha empresa en la que aparece el logotipo y las iniciales de la misma. Puede que hubiera lectores de la página web del periódico que no pudiesen identificar el avión como de la escuela demandante recurrente, pero lo cierto es que gente del sector o alumnos de dicha escuela identificaron plenamente dicha avioneta como perteneciente a la empresa demandante”.

Agrega que “(…) lo relevante es si hubo identificación o no, al margen de que la imagen fuera de archivo, puesto que la realidad de los hechos es que el lector pudo relacionar el titular y el cuerpo de la noticia con la imagen publicada. Y al respecto, es evidente que en el caso de autos la publicación conjunta de texto e imagen podía provocar en el receptor de la información la convicción de que la avioneta propiedad de la entidad demandante era la protagonista de los hechos relatados en la luctuosa noticia”.

Comprueba que “(…) la distinción entre avión privado y de escuela es ínfima, pues en todo caso no excluye que la escuela pudiera disponer de aviones privados. Lo importante en el presente caso es que la avioneta de la imagen de la noticia era claramente una avioneta perteneciente a dicha escuela de aviación. Además, la rectificación del medio, horas después de exponer la noticia en su página web y ante la protesta de la demandante, no elimina la intromisión causada por la inicial información, pues como antes se expuso, la información se convirtió en inveraz al asociarse con la imagen de la avioneta de la entidad”.

La Audiencia concluye que, “(…) la petición de la actora, de 20.000 €, es elevada. Al respecto, en atención a las circunstancias del caso expuestas anteriormente y que la noticia permaneció unas horas en la página web del periódico, valoramos igualmente la gran difusión que dicho periódico tiene a nivel nacional, por lo que estimamos el daño en 6.000 €, pues consideramos que dicha noticia tuvo impacto en el círculo empresarial de la demandante, como lo acreditan los testigos”.

En mérito de lo expuesto, la Audiencia condenó al diario a pagar la suma de 6.000 euros, más intereses legales, a la demandante, y a difundir el fallo.

Vea sentencia Audiencia Provincial de Madrid 57/2024.

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