En medio de los desafíos que enfrenta el sistema judicial chileno, el arbitraje emerge como una herramienta subutilizada pero potencialmente transformadora. Ahora bien, en un país donde la congestión judicial es una realidad latente y la celeridad en la resolución de conflictos una necesidad apremiante, ya estamos en horas de reconocer el verdadero valor y desbloquear su potencial para beneficiar a la sociedad chilena en su conjunto.
Sin embargo, la respuesta, a mi parecer, se vislumbra, ya que, si se profundiza y fomenta adecuadamente en las universidades el uso del arbitraje, se abriría un mundo de posibilidades en términos de eficiencia y agilidad en la resolución de disputas. Imaginemos un escenario donde las partes involucradas en un conflicto pueden optar por un proceso arbitral: i) Ágil, dado que la resolución de conflictos a través del arbitraje es considerablemente más rápida que recurrir a la justicia ordinaria. Esto se debe a que un árbitro se enfoca únicamente en un caso por resolver, a diferencia de un juez de un tribunal ordinario, quien enfrenta una carga de trabajo considerablemente mayor1; ii) Especializado, puesto que las partes tienen la oportunidad de elegir árbitros expertos en la materia en disputa, es decir, un árbitro con mayor preparación; y por último iii) Confidencial, debido a que las partes podrían prevenir que su disputa sea expuesta al público o que se divulgue información que, por su relevancia comercial, requiere cierto nivel de protección2. Todos estos aspectos son fundamentales para evitar quedar atrapados durante años en un sistema judicial sobrecargado. Esta sobrecarga puede surgir por diversas razones, pero una de las principales e innegables fue la pandemia. La suspensión de actividades judiciales y la necesaria pero intuitiva adaptación del poder judicial a nuevas modalidades fueron parte de esta situación. Además, los retrasos en los procedimientos, que suelen ser largos y complejos, contribuyeron a la acumulación de casos y agravando la situación.
Ahora bien, analizando esta cuestión, es imperativo considerar que los contratos tienen una inequívoca finalidad de cumplimiento, es por eso que en el arbitraje esta cláusula es comúnmente conocida como la “Cláusula de la medianoche” ya que es lo que siempre se ve al final del contrato y entra la cuestión en debate, de si someter las eventuales controversias a la jurisdicción ordinaria o someterse a arbitraje3.
Por lo cual, en nuestro país existe el llamado “compromiso arbitral” el cual es un pacto en que las partes acuerdan someter un conflicto presente o futuro al conocimiento de un árbitro. Se hace referencia a una generalidad de asistir a un arbitraje. Sin embargo, también existe la “Cláusula compromisoria” es un acuerdo de voluntades en que las partes se someten en todo o parte de las disputas que puedan surgir a un árbitro o panel arbitral, el cual se obligan a individualizar en un momento posterior al árbitro o panel.
Con todo esto, hay que reconocer que el arbitraje no es simplemente una alternativa secundaria, sino una herramienta poderosa y efectiva para resolver conflictos en Chile. Pero, pese a que el papel es blanco, existen manchas que no pasan desapercibidas, y no podemos quedar ajenas a ellas, como lo es la economía de un proceso arbitral.
Puesto que el promedio de cuantía que son sometidos a procesos arbitrales en el año 2023 ronda el 1.000.000 UF4, lo cual no es una cifra menor. Pero la pregunta que todos nos hacemos es ¿cuánto puede costar un árbitro? esto dependerá si el arbitraje es nacional o internacional, dado que, si las partes optan por que se realice en Chile, en Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM), nos ofrecen tarifas que están sujetas al valor del litigio, cuyo monto solamente puede llegar a un máximo del 10%5. Además, existe el Centro de Mediación y Arbitraje de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, el cual brinda un servicio de arbitraje de acceso público y gratuito para aquellos que cumplan con los requisitos, este servicio se ofrece desde el año 20136.
Pero el problema surge respecto a los arbitrajes forzosos, los cuales no son ajenos a la mayoría de los chilenos, sino todo lo contrario, como lo es la liquidación de la sociedad conyugal o la partición de comunidades. El problema radica en que se obliga a desembolsar dinero para obtener un laudo arbitral. Esto plantea interrogantes, como la propuesta por el profesor Rodrigo Bordachar: «¿Está nuestro país cumpliendo con sus obligaciones internacionales? No, cuando se trata de los arbitrajes forzosos, ya que impiden a los sectores más pobres recurrir a tribunales, imponiéndoles cargas aún más gravosas que al resto de los ciudadanos.7”
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Por tanto, si bien es cierto que el arbitraje se presenta como una herramienta efectiva para la resolución de conflictos, lamentablemente, es preocupante que en muchas ocasiones se le concede una atención superficial en la enseñanza del derecho, siendo relegado a un segundo plano en el plan de estudios de las facultades de derecho; en lugar de ser presentado como una alternativa viable y valiosa, se trata de manera ínfima. Ya que, si los abogados no están familiarizados con el arbitraje y no comprenden su potencial, es menos probable que lo recomienden a sus clientes o lo utilicen en sus propias prácticas profesionales. Este grado de ínfima formación en el arbitraje contribuye (entre otras) a mantener el status quo de congestión judicial y dilación en la resolución de disputas en el país. Finalmente, reconocer su valor y fomentar su uso a través de la educación y la accesibilidad económica puede contribuir significativamente a descomprimir el sistema judicial y ofrecer soluciones más rápidas, especializadas y confidenciales para la sociedad chilena.
Bibliografía
[1] Maturana, Cristián. Tribunales, árbitros y auxiliares de la administración de justicia, 1° ed, Santiago de Chile, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, 2015.
[2] Pablo Cornejo Aguilera, Confidencialidad y arbitraje ¿Cómo se protege en Chile?, Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago. https://www.camsantiago.cl/minisites/informativo-online/2018/JUN/docs/PabloCornejo.pdf
[3] Juan Ramón Balcells, ¿Arbitraje o jurisdicción ordinaria? Un dilema imposible, The Lighthouse Team (blog), 10 de febrero de 2021, https://thelighthouse.team/arbitraje-o-jurisdiccion/
[4] Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, reporte anual 2023, https://www.camsantiago.cl/reporte-anual-2023/
[5] Paula Vargas Moreira, ¿Cuánto cuesta iniciar un arbitraje local o internacional y de qué depende esta decisión?, Diario Financiero, octubre 2017, https://www.df.cl/empresas/actualidad/cuanto-cuesta-iniciar-un-arbitraje-local-o-internacional-y-de-que
[6] Corporación de Asistencia Judicial, https://www.cajmetro.cl/nuestro-servicio-de-arbitraje-es-de-acceso-publico-y-gratuito-y-ahora-via-remota/
[7] Rodrigo Bordachar, Arbitraje forzoso y acceso a la justicia, Derecho.uc.cl, https://derecho.uc.cl/en/noticias/derecho-uc-en-los-medios/14359-profesor-rodrigo-bordachar-arbitraje-forzoso-y-acceso-a-la-justicia