La ministra instructora de la Corte Suprema, María Soledad Melo, acogió la solicitud de extradición realizada por la República Bolivariana de Venezuela, en contra de uno de sus nacionales que reside en Chile, para ser juzgado en tierras llaneras por el delito de homicidio calificado.
El Ministerio Público, en representación del Estado requirente acompañó las piezas del proceso seguido en contra de un ciudadano venezolano, por su presunta participación en el crimen, cometido en agosto de 2016.
El ente persecutor añadió que, luego del asesinato, el requerido huyó a Chile para burlar a la justicia de su país, y una vez en tierras nacionales fue detenido y juzgado como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego, encontrándose actualmente cumpliendo condena por dicho ilícito.
En su defensa, el acusado instó por el rechazo de la solicitud fundado en que, de las propias piezas acompañadas por las autoridades venezolanas, se desprendería que otro coimputado se incriminó y asumió la responsabilidad del hecho, por lo que es fatuo perseguir al encartado por un ilícito en que no tiene relación.
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La ministra instructora del máximo Tribunal hizo lugar a la extradición, luego de razonar que, “(…) en cuanto a lo señalado por la defensa en la audiencia, referente a que la declaración presentada por el coimputado en la causa, en donde atribuyó la responsabilidad del hecho al requerido, dicho razonamiento no logra desvirtuar ni quitar validez a los hechos de la presente causa -que servirían para acceder o rechazar la solicitud de extradición- toda vez que la valoración de los medios de prueba es una cuestión que debe ser planteada y discutida ante la autoridad del juzgamiento de fondo en la República Bolivariana de Venezuela, siendo suficientes para esta etapa procesal de extradición los antecedentes formales que evidencian que esa autoridad, está en disposición de antecedentes para investigar y juzgar al requerido”.
En mérito de lo expuesto, la ministra instructora de la Corte Suprema acogió la solicitud de extradición, no obstante, dispuso la entrega diferida del acusado una vez que aquel cumpla la condena por el delito de porte ilegal de arma de fuego, por el cual, se encuentra actualmente privado de libertad en Chile.
La decisión se encuentra a la espera de los plazos y resolución de recursos respectivos para quedar a firme