La Sala de la Cámara aprobó en particular el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para promover la contratación de personas jóvenes sin experiencia laboral previa.
La normativa fue aprobada en general el pasado 19 de junio. De ahí, regresó a la Comisión de Trabajo para abordar las observaciones introducidas en dicha oportunidad.
En concreto, el segundo informe, dado a conocer por el diputado Juan Santana, señala que las empresas de más de 100 trabajadores deberán dar preferencia, en sus procesos de selección de personal, a la contratación de personas de entre dieciocho y veintiocho años, sin experiencia previa relevante.
Lo anterior, se desarrollará en aquellos puestos de trabajo en los que la naturaleza de las labores y el funcionamiento de la empresa o establecimiento así lo permita.
Asimismo, se indica que es deseable que las empresas alcancen el desarrollo de dichos procesos en forma paritaria, con al menos el 10% de sus trabajadores y trabajadoras.
Por otra parte, define que se entenderá por experiencia laboral previa relevante la que se ha obtenido en empleos formales anteriores.
Empresas
Las empresas deberán incluir, semestralmente, dentro de la obligación de registro de contratos, la información relativa al número de trabajadores sin experiencia previa relevante que se está dispuesto a contratar o mantener contratados.
Igualmente, se deberá especificar el porcentaje que ellos representan sobre el total de los contratados y el plan de desarrollo y capacitación que se implementará para mejorar las capacidades de dichos trabajadores.
Junto a lo anterior, se define que, a lo menos, la empresa deberá otorgar las facilidades y condiciones necesarias para acceder a la nivelación de la escolaridad del trabajador en sus niveles básico y medio, cuando ello corresponda. Igual información deberá registrarse en relación a las empresas contratistas y sub contratistas, en su caso.
Asimismo, las empresas deberán informar trimestralmente a las oficinas públicas o privadas de intermediación laboral existentes en la comuna, de aquellas vacantes o posibilidades de contratación de trabajadores sin experiencia previa de entre 18 y 28 años, a fin de facilitar dicha intermediación laboral.
Experiencia laboral
En el debate recalcaron que se trata de un proyecto que solicita la preferencia de contratación de personas jóvenes cuando se tata de cargos en los que no se requiere experiencia. Por lo tanto, resaltaron que no es una obligación, sino, más bien, una preferencia.
Subrayaron que esta declaración que se hace en la ley puede impulsar la contratación de jóvenes, ayudando a abrir un mercado laboral.
Otras opiniones expusieron que el texto legal es meramente declarativo y genera una falsa expectativa que no se traducirá en mayores oportunidades para los jóvenes. En tal plano, plantearon que es una norma sin dientes y que no basta.
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También sostuvieron que si falta crecimiento en el país, este tipo de proyectos no será suficiente para absorber la mano de obra. Así, remarcaron que lo que hoy requiere el país es una política pública que fomente la inversión.
Asimismo, cuestionaron qué pasa con las personas mayores de cuarenta años que no pueden encontrar trabajo. “¿Por qué no se exige una cuota para ellos?”, interrogaron.
Finalmente, se estimó que es un proyecto con buenas intenciones que podría tener consecuencias desastrosas en un momento de fragilidad del mercado laboral.
Vea moción del Boletín Nº14624-13 y siga su tramitación aquí.