La iniciativa, patrocinada por los senadores Francisco Chahuán, Ricardo Lagos, Juan Ignacio Latorre y Kenneth Pugh, junto a la senadora Isabel Allende, modifica diversos cuerpos legales para facilitar la participación en audiencias y otros actos procesales respecto de residentes en territorios insulares como el archipiélago de Juan Fernández y la Isla de Rapa Nui, denominados territorios especiales y de residentes en zonas extremas, cuyo traslado sea ostensiblemente difícil u oneroso.
Los autores de la moción refieren que nuestro país tiene una importante superficie, inmensa extensión territorial y marítima, y extraordinaria diversidad geografía.
Agregan que, esta especial condición geográfica ha producido el desarrollo de legislación que promueve mejores condiciones de vida para las personas en todo el territorio nacional, y en particular en aquellas localidades de mayor distancia respecto de las capitales regionales y/o con mayor grado de aislamiento o conectividad con el resto del territorio nacional, especialmente con el continental.
Refieren que tal es el caso del Archipiélago Juan Fernández e Isla de Rapa Nui, que constitucionalmente son considerados territorios especiales (artículo 126 bis), cuya situación es complementada por estatutos especiales, como la Ley Nº21.070, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua; la Ley Nº20.655, que establece incentivos especiales para las zonas extremas del país; la Ley Nº20.093, que establece un régimen transitorio para la aplicación del nuevo impuesto al gas como combustible en la XII región; la Ley Nº20.058, sobre feriado anual en zonas extremas sur, entre otras.
Sin perjuicio de lo anterior, indican que el ámbito judicial, y especialmente en la tramitación de causas civiles, de cobranza laboral y previsional, garantía y de familia, no se han adoptado medidas suficientes que faciliten su participación en el desarrollo de los procedimientos, sin que ello signifique un mayor costo patrimonial y de tiempo, en circunstancias de que la tecnología actualmente lo permitiría.
A modo de fundamento, señalan que la Constitución establece el deber del Estado de promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional (artículo 1, inciso quinto). Asimismo, asegura a todas las personas la igualdad ante la ley (artículo 19, Nº2) y la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos (artículo 19, Nº3).
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En concreto, proponen introducir modificaciones a procedimientos civiles, laborales y de familia para facilitar la participación de habitantes de zonas aisladas, mediante la autorización expresa de poder comparecer y/o rendir pruebas de forma remota mediante videoconferencia.
El proyecto fue remitido a la Corte Suprema para que evacue informe sobre las normas que incidan en la ley orgánica constitucional sobre la organización y atribuciones de los tribunales de justicia.
La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en las Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
Vea texto de la moción Boletín N° 16.973-07 y siga su tramitación aquí.