La iniciativa, patrocinada por los diputados Jorge Durán, Félix González y Rubén Darío Oyarzo, junto a la diputada Karen Medina, modifica la Carta Fundamental para permitir el autopréstamo de los fondos de capitalización individual administrados por las AFP.
Los autores de la moción señalan que el autopréstamo de fondos de las AFP se planteó en un comienzo como una idea para hacer frente a la situación post pandemia, una alternativa a la seguidilla de proyectos que tenían por objeto permitir el retiro de los fondos previsionales.
Refieren que el año 2022, parlamentarios presentaron el proyecto boletín 14862-07, que modifica la Carta Fundamental para permitir el autopréstamo de fondos previsionales. Este, junto con otros dos proyectos, fueron refundidos el 12 de diciembre del año 2022, y posteriormente, en marzo de 2023 fueron rechazados por la Cámara Baja.
No obstante, indican que en el marco de la tramitación legislativa del proyecto de reforma previsional, esta idea fue acogida por el Gobierno, materializándose como parte de la reforma previsional aprobada por la Cámara.
Explican que el autopréstamo aprobado por la Cámara Baja permitiría solicitar hasta 30 Unidades de Fomento (alrededor de $1.125.000), debiendo cumplir con una serie de requisitos, sin poder exceder el 5% del total ahorrado. Esta propuesta se encuentra actualmente en revisión por el Senado, pero reparan en que su discusión está estancada y el resultado es incierto, puesto que no existen consensos mínimos que permitan agilizar y destrabar su tramitación.
A raíz de lo expuesto, proponen que se apruebe el mecanismo de autopréstamo, que no es un retiro encubierto, ya que es fundamental que estos fondos sean devueltos. Por lo tanto, se contemplan mecanismos de reintegro y acciones para su cobro, debiendo devolverse en un plazo determinado.
Sostienen que el autopréstamo es una herramienta que se convierte en una ayuda directa a la clase media, especialmente en tiempos donde el costo de la vida y de servicios básicos, van al alza.
Complementan lo anterior, con cifras informadas por el Instituto Nacional de Estadísticas, que dan cuenta de un alza del costo de la vida, ya que las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) se mantienen cercanas al 3,5%. Además, refieren que existen diversas incertidumbres sobre diversos factores globales, especialmente ligados a conflictos internacionales, que pueden impactar en nuestra economía.
Por último, en pos de la efectividad de esta medida, plantean una regulación acotada, con el objeto de que todo dinero que haya sido debidamente entregado sea íntegramente devuelto. Sin embargo, a diferencia de la propuesta inicial contenida en la actual reforma, proponen ampliar el porcentaje de retiro y elevar el tope máximo, manteniendo los requisitos como no estar pensionado, no mantener pendiente el pago de préstamos anteriores y no encontrarse cercano a jubilar.
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En base a esas consideraciones, proponen agregar una nueva disposición transitoria a la Constitución Política, con el siguiente tenor:
“Todos quienes se encuentren afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensión y mantengan cuentas de capitalización individual en estas, podrán optar al autopréstamo de fondos, en un monto que no podrá superar los cinco millones de pesos, ni el diez por ciento del total ahorrado a la fecha en que se requiera, debiendo ser devuelto en un plazo que no podrá superar los siete años.
Además, este autopréstamo se regirá por las siguientes reglas: 1.- Su devolución será calculada en unidades de fomento y no devengará interés alguno. Esta podrá descontarse mensualmente del sueldo, junto al pago previsional. La ley podrá disponer otros mecanismos. 2.- El afiliado podrá suspender su pago mensual hasta en tres ocasiones. 3.- El cobro de este comenzará a realizarse tres meses después de su otorgamiento. 4.- Quien se encuentre pensionado no podrá optar por este autopréstamo. 5.- Si el préstamo ya fue solicitado, no se podrá otorgar otro hasta que se haya pagado íntegramente. 6.- Quienes tengan entre 60 y 65 años podrán retirar hasta dos millones y no se requerirá devolución.”.
El proyecto de reforma constitucional se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Vea texto de la moción Boletín N°16.990-07 y siga su tramitación aquí.