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Opinión.

En el año del centenario del Derecho Cooperativo Chileno, por Álvaro Javier Barrientos Saldia.

En el año del centenario del Derecho Cooperativo Chileno, el Ejecutivo y Legislativo no han estado al margen de tan relevante escenario, ello, ya que como planteamos, con la publicación de la reciente Ley 21.641, se ha permitido equiparar en cierta medida la competencia financiera para las Cooperativas de Ahorro y Crédito y, además, dando mayor representatividad al sector, se ha afianzado su institucionalidad por medio de la creación del Instituto Nacional de Asociatividad y Cooperativismo.

7 de septiembre de 2024

Las cooperativas como entidades colectivas, surgen con el objetivo de afrontar los distintos acontecimientos sociales, culturales y económicos acaecidos durante la mitad del siglo XIX, en especial, con posterioridad a la Revolución Industrial, circunstancias en que, a partir de los Pioneros de Rochdale en el año 1844, comenzó el posicionamiento y asimilación de un modelo de sociedad denominado como cooperativas.  La particularidad de esta nueva forma de organización colectiva, es que, desde los Estatutos de Rochdale, se establecieron los principios y valores que se erigiría como piedra angular de su estructura y operacionalidad, los cuales, con determinadas modificaciones, han perdurado hasta la actualidad.

Esta sociedad centrada en la ayuda mutua de sus miembros, evidenció el mejorar las condiciones laborales y económicas de sus socios, y, además, demostró una forma distinta de organización y gobernanza, permitiendo su expansión y réplica en las distintas partes del mundo, donde Chile no fue la excepción, ello, ya que, gracias a idearios emanados desde los movimientos obreros, los postulados entre otros, de Ramón Picarte y Fermín Vivaceta, y, además, por las  experiencias positivas transmitidas desde las corrientes migratorias llegadas al país, permitieron posicionar distintas sociedades reconocidas como cooperativas, entre las que encontramos, a la Sociedad Tipográfica del año 1853, la  denominada “Sociedad Cooperativa Valparaíso”, o la Cooperativa de Consumos “La Esmeralda”, ambas de 1887, estas como otras similares de la época, denotaron ensayos societarios que carecían de un marco regulatorio propio, razón por la que se estructuraron en función a las normas que decoraban el derecho civil y comercial, las cuales se consagraban en los Códigos de los años 1855 y 1865 respectivamente.

Es a partir de la Ley N°1.838 del año 1906, que, el legislador comienza a hacer una referencia expresa a las cooperativas como entidades asociativas, sin embargo, sumado a otras iniciativas legislativas, estas intenciones, no permitieron establecer una regulación independiente respecto de los modelos societarios existentes.

Encontrándose el país en un contexto de descontento político y social (Ruido de Sables), conllevo a que el día 30 de septiembre del año 1924, se publicara la Ley N°4.058, la cual, estableció un orden legal, y, por primera vez en nuestro país, se reconoció a las sociedades cooperativas como entidades dotadas de personalidad jurídica y, por tanto, desde ahí, pasaron a ser categorizadas como sujetos de derechos. La citada ley cooperativa, fue refundida y modificada por distintas normativas, entre la que encontramos el DL-700 (1925), Decreto Nro. 10 (1926), Ley N°4.531 (1929), DL 669 (1932), Decreto N°506 y 596 (1933), Decreto N°790 (1936), Decreto N°188 (1942), DFL N°326 (1960), DFL 20 (1963), Decreto N°502 (1978), Ley N°19.832 (2022).

Pero bien, desde la publicación de la primera ley del sector de hace ya un siglo, como se dijo, han existido distintas modificaciones legales, sin embargo, al día de hoy, la regulación cooperativa se estructura principalmente en función al D.F.L. N°5 del año 2003 que, “Fija Texto Refundido, Concordado y Sistematizado de la Ley General de Cooperativas” (LGC), norma que, a la actualidad, ha sido objeto de trece modificaciones legales.

En cuanto a lo descrito, es la Ley N°20.881 del año 2016, la cual, representa un mayor cambio estructural al modelo cooperativo chileno, esto, al sustituir e incorporar un total de 40 artículos, que, en sus principales características, flexibilizan los requisitos para su constitución, condiciona la devolución de cuotas de participación, y, establece un fondo de provisión del 2%, entre otras modificaciones legales.

Ahora, en relación a la última modificación a la LGC, esta se concreta a fines del año recién pasado mediante la publicación de la Ley N°21.641 la cual; “Fortalece la Resiliencia del Sistema Financiero y sus Infraestructuras”, norma que, entre otros, efectúa distinciones en orden patrimonial de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, y en especial, permite bajo supuestos, el acceso al financiamiento y refinanciamiento del Banco Central de Chile.

Dicho lo anterior, el Derecho Cooperativo Chileno como tal, se ha posicionado no como un conjunto de leyes aisladas, sino más bien, como una disciplina jurídica orientada a regular las cooperativas, en particular, las relaciones de los sujetos que la componen, las entidades que forman parte de su estructura y los efectos de las relaciones con terceros, pero siempre, teniendo como su piedra angular, un estricto apego al conjunto sistemático de principios y normas internacionales, las cuales permiten posicionar a las cooperativas como asociaciones relevantes en el desarrollo económico y social.

Es así, que en el año del centenario del Derecho Cooperativo Chileno, el Ejecutivo y Legislativo no han estado al margen de tan relevante escenario, ello, ya que como planteamos, con la publicación de la reciente Ley 21.641, se ha permitido equiparar en cierta medida la competencia financiera para las Cooperativas de Ahorro y Crédito y, además, dando mayor representatividad al sector, se ha afianzado su institucionalidad por medio de la creación del Instituto Nacional de Asociatividad y Cooperativismo.

Para concluir, y así, evidenciar  el aporte productivo de las cooperativas al desarrollo productivo del país, desde la institucionalidad del sector, esto es, desde la División de Asociatividad y Cooperativas perteneciente a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, al mes de Julio de 2024, se ha informado, que, comparado al mismo mes del año 2023,  el número de cooperativas aumentó un 10,8% (193), existiendo en la actualidad, un total de 1.975 cooperativas vigentes, las cuales se encuentran compuestas por un total de 2.157.188 socios/as, cifras, que denotan la trascendencia de las cooperativas al quehacer organizacional y económico del país.

 

Álvaro Barrientos Saldia

Abogado

Magister en Derecho

Doctorando en Derecho

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