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Imagen: publico.es
Fue absuelto por el delito de asociación ilícita.

Audiencia de Barcelona condena a librero neonazi a 18 meses de prisión por la venta de libros que fomentan el racismo e incitan al odio, la homofobia y justifican el Holocausto nazi.

Se trata de libros con contenidos altamente denigrantes u ofensivos para el pueblo judío y para otras minorías. Por eso no nos resulta nada convincente, desde el contexto judicial en el cual nos situamos, el argumento del historiador y perito que justificaba, uno por uno, el interés o el contexto histórico de cada obra que analizaba. Lo que evidencia el delito no son las circunstancias del autor de cada título –porque no juzgamos a los autores, ni sus obras de forma aislada-, sino la difusión en masa que realizaba el señor Varela del conjunto de las obras.»

14 de septiembre de 2024

La Audiencia de Barcelona condenó a 1 año y 6 meses de prisión al librero Pedro Varela por el delito contra los derechos fundamentales por incitar el odio, aunque lo absolvió del delito de asociación ilícita.

La Fiscalía del servicio de Odio y Discriminación había solicitado para el librero neonazi 12 años de prisión por dos delitos contra los derechos fundamentales y por ser el líder de un grupo criminal, dedicado a la venta de libros que fomentan el racismo, la homofobia y justifican el Holocausto nazi, a través de la Asociación Cultural Editorial Ojeda, entre los años 2006 en el 2016.

El Ayuntamiento de Barcelona, la Federación de Comunidades Judías de España y el Movimiento contra la Intolerancia ejercieron la acusación particular contra Varela. La Fiscalía también solicitó 8 años para cuatro personas que trabajaban con Varela, que fueron absueltos por el tribunal, al considerarlos «trabajadores» del librero y que hacían lo que él decía.

«Las labores editoriales y comerciales del acusado tenían unas motivaciones particularmente discriminatorias, que son las que se exigen en los delitos de incitación al odio», afirma el tribunal. La sentencia cita jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional sobre los límites de la libertad de expresión.

Los magistrados señalan que, «Se trata de libros con contenidos altamente denigrantes u ofensivos para el pueblo judío y para otras minorías. Por eso no nos resulta nada convincente, desde el contexto judicial en el cual nos situamos, el argumento del historiador y perito que justificaba, uno por uno, el interés o el contexto histórico de cada obra que analizaba. El que evidencia el delito no son las circunstancias del autor de cada título –porque no juzgamos a los autores, ni sus obras de forma aislada-, sino la difusión en masa que realizaba el señor Varela del conjunto de las obras.»

La pena impuesta por la Audiencia de Barcelona no supera los 2 años de prisión y Varela, condenado por lo mismo el 2009, se podría salvar de volver a entrar en la prisión.

El fallo no se encuentra firme y se puede presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Además de condenarlo por el delito que provoca discriminación (art. 510 del Código Penal), el tribunal también castigó Varela a la pena de inhabilitación especial para la profesión u oficios educativos, al ámbito docente, deportivo y de ocio, por un tiempo superior a 3 años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia.

El tribunal  también lo inhabilitó para la venta de libros y publicaciones en “sede física como en la virtual”, durante el periodo de la condena. El tribunal lo “liberó el decomiso del dinero, talones y cuentas bancarias, así como el cierre de las páginas web de la librería y de su editorial para alcanzar estos medios y ganancias aspectos que sobrepasan material y temporalmente el delito generador de la condena, o que no han sido estrechamente delimitados en materia probatoria, sin que haya que descartar que respondan a otras actividades editoriales, comerciales o expresivas ajenas al hecho criminal».

En el juicio, Varela se justificó diciendo que editaba libros que «no hacía la competencia», a pesar de que no verbalizó ninguna expresión de odio. El tribunal precisa que las encontró en los videos que protagoniza en las redes sociales y que, por ejemplo, cuestiona el número de personas muertas en el Holocausto. Su abogado también expuso que en los registros en la librería Europa, los Mossos también se llevaron libros de la biblioteca privada de Varela no a la venta.

En este sentido, el tribunal aclara los libros que se incluyen en la condena y que sospechosamente había 18 ejemplares de un libro Hitler en su almacén, hecho -indica- que confirma que eran para su venta.

Los libros encontrados y usados para condenarlo son: Autorretrato de León Degrelle. Un fascistaFundamentos de biopolítica; La lluvia verde de Yasuf; El pensamiento Wagneriano, y Hitler, discursos de los años 1933, 1934, 1935. Obras completas tomo I, del cual tenía más de una decena de ejemplares.

El tribunal no ordenó la clausura de la editorial porque atribuye toda la acción a Varela. «De la prueba practicada, se evidencia que la presunta difusión de libros discriminatorios, como principal hecho criminal que nos ocupa, era promovida por la Librería Europa de manera física y a través de sus páginas webs, y no así por la Asociación Cultural Editorial Ojeda. Y las conferencias relacionadas con esta misma actividad discriminatoria se llevaban a cabo en el interior de la Librería Europa», manifiesta el tribunal. Y concluye: «La Asociación Cultural Editorial Ojeda operaba como una persona jurídica meramente instrumental y sometida a la voluntad y designios del señor Varela.»

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