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Elon Musk.

¿Porque el Tribunal Supremo Federal de Brasil adoptó medidas en contra de la red social X (antes conocida como Twitter)?

Los peligros de la ausencia de control judicial de la desinformación y el uso de la inteligencia artificial por populistas digitales extremistas a través de X, especialmente durante el periodo electoral, son gravísimos y ponen en peligro la soberanía popular y el sistema democrático.

15 de septiembre de 2024

El proceso fue iniciado a partir de un escrito remitido al Tribunal Supremo Federal por la autoridad policial, que comunicaba la apertura de una investigación sobre la posible comisión de los delitos de obstrucción de investigaciones de organizaciones criminales (art. 2 de la Ley N° 12850/13) y de incitación al crimen (art. 286 del Código Penal).

La investigación policial demostró la participación criminal organizada de numerosas personas con el fin de amenazar y amedrentar a los miembros de la policía federal que actúan en las investigaciones sobre las milicias digitales y el intento de golpe de Estado. Las redes sociales, en especial la plataforma X (antes conocida como Twitter), son utilizadas para exponer datos personales, fotografías, amenazas y actos intimidatorios contra los policías y sus familias. Algunas de las personas involucradas fueron identificadas y otras no.

En una decisión del 7 de agosto de 2024, Alexandre de Moraes, ministro del Tribunal Supremo Federal, ordenó a X Brasil (la empresa responsable de la red social X) que, en el plazo de dos horas, bloqueara los canales, perfiles o cuentas indicados, así como cualquier otro grupo administrado por los usuarios identificados, bajo pena de una multa diaria de R$50 000. El magistrado también dispuso que la empresa entregara los datos registrados al Tribunal Supremo Federal y que preservara su contenido.

El 12 de agosto, el ministro señaló que la empresa había sido debidamente notificada de la decisión, pero había incumplido la orden judicial. Por eso, se le impuso la multa diaria de R$50 000 y se citó a su representante legal en Brasil. El 16 del mismo mes, la orden judicial fue reiterada y se aumentó el valor de la multa, tras constatar la acción deliberada de los representantes legales de X para evitar ser notificados.

El 17 de agosto, el accionista mayoritario y responsable internacional de X, Elon Musk, declaró expresamente que seguiría incumpliendo las decisiones judiciales, además de anunciar que cerraría su filial en el país (X Brasil) con el propósito de eludir el ordenamiento jurídico brasileño y las decisiones del Poder Judicial.

Al día siguiente, ante el continuo desconocimiento de las determinaciones judiciales, el ministro resolvió bloquear las cuentas bancarias y los activos financieros de la empresa en el país. El 24 de agosto, De Moraes dispuso el bloqueo de nuevas cuentas bancarias y activos financieros de otras compañías vinculadas con el grupo empresario, ya que los recursos financieros hallados en el primer bloqueo de cuentas eran insuficientes para pagar las multas diarias.

En cuanto a la decisión de exigir la designación de un nuevo representante legal en el plazo de veinticuatro horas, todos los implicados habían sido debidamente notificados, según De Moraes. Asimismo, la secretaría judicial del Tribunal Supremo Federal también confirmó la citación de Elon Musk por medios electrónicos.

El 30 de agosto de 2024, en una decisión unipersonal, el ministro remarcó el incumplimiento deliberado y reiterado de las órdenes judiciales y la falta de pago de las multas diarias impuestas, además del intento de evitar someterse al sistema judicial brasileño y el peligro de que continuaran las actividades de grupos extremistas y milicias digitales y la difusión masiva de mensajes nazis, racistas, fascistas y antidemocráticos a través de la red social X. Por esas razones, resolvió ordenar la suspensión inmediata y total del funcionamiento de X en todo el territorio nacional hasta que se cumplieran las decisiones judiciales del Tribunal Supremo Federal y fueran abonadas las multas impuestas. De Moraes señaló que esta medida tendrá validez hasta que la empresa designe un representante legal en el país.

El ministro instó al presidente de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones a tomar las medidas necesarias para garantizar la suspensión. También pidió a Apple y a Google que intervengan para bloquear el uso de la plataforma en los sistemas operativos iOS y Android, además de eliminarla de sus tiendas virtuales.

De Moraes aseguró que el Tribunal Supremo Federal había hecho todos los esfuerzos posibles y ofrecido todas las oportunidades para que X cumpliera las órdenes judiciales y pagara las multas, lo que habría evitado la adopción de una medida tan grave como esta. Observó que las conductas ilícitas de la empresa habían sido reiteradas durante la investigación, lo que demostraba la intención de eximirse de responsabilidad por el incumplimiento de las órdenes judiciales. En efecto, X no había designado representantes legales en Brasil para contestar a la citación y, posteriormente, había difundido un mensaje sobre el posible cierre de la empresa en el país. Además, el ministro impuso una multa diaria de R$50 000 a quienes utilizaran subterfugios tecnológicos para seguir usando X, sin perjuicio de otro tipo de sanciones civiles y penales.

La Sala Primera del Tribunal Supremo Federal de Brasil, por unanimidad, confirmó la decisión del ministro Alexandre de Moraes, que había suspendido la plataforma X en todo el país.
En la sesión de la Sala Primera, De Moraes reiteró los fundamentos de su decisión unipersonal y aclaró que la multa diaria de R$50 000 se aplicaba a personas y empresas que intentaran burlar la medida judicial y emplear subterfugios tecnológicos (como el uso de VPN, una red privada virtual que puede establecer una conexión cifrada y anónima a internet) para seguir comunicándose a través de X.

El ministro hizo un recorrido por las distintas disposiciones legales que se aplicaban a este caso. Se remitió a la Ley N°12965/2014, que establece el marco regulatorio de las actividades desarrolladas en internet. Indicó que el respeto a la libertad de expresión era uno de los fundamentos de la regulación sobre internet. También señaló que la ley preveía la responsabilidad civil del proveedor de aplicaciones de internet por los daños derivados de contenidos generados por terceros, si las medidas no se llevaban a cabo en el plazo previsto y dentro de los límites técnicos del servicio. Del mismo modo, advirtió que la norma establecía que era posible solicitar información sobre los servicios telemáticos directamente de empresas brasileñas que fueran filiales de empresas extranjeras, cuando estuvieran constituidas de acuerdo con la legislación nacional y tuvieran su sede en Brasil. Agregó que, en virtud de la legislación brasileña, todas las empresas que operaban en su territorio debían obediencia estricta al ordenamiento jurídico del país.

Asimismo, observó que el artículo 997 del Código Civil disponía que toda empresa debía, obligatoriamente, designar a las personas físicas responsables de la gestión, así como sus poderes y atribuciones, ya que los administradores eran solidariamente responsables ante la sociedad y los terceros que pudieran resultar perjudicados en el ejercicio de sus funciones. Estas compañías, para poder operar legalmente en Brasil, necesitan de la autorización previa del Gobierno federal, por lo que se les exige el nombramiento expreso de un representante legal.

Por lo anterior, el ministro consideró que, como cualquier entidad privada que desarrollara su actividad económica en el territorio nacional, los proveedores de internet debían respetar y cumplir efectivamente los mandatos directos emitidos por el Poder Judicial en relación con hechos, o sus efectos, ocurridos en el territorio nacional. Obviamente, los proveedores podrán expresar su disconformidad, si lo consideran necesario, mediante los recursos permitidos por la legislación brasileña. En conclusión, según De Moraes, el ordenamiento jurídico brasileño prevé que las empresas que administran servicios de internet en Brasil tengan su sede en el país y que acaten las sentencias judiciales que ordenen retirar contenido ilegal generado por terceros, bajo pena de responsabilidad personal.

El ministro sostuvo que, en cuanto a este caso concreto, las actividades de X Brasil, tal cual están descriptas en su contrato social, revelan de forma inequívoca su responsabilidad civil y penal en relación con la red social X.

Por otro lado, De Moraes señaló que el comunicado publicado por X Brasil en su plataforma el 17 de agosto, en el que informaba que finalizaría sus actividades en el país, supondría, si se concretara esa amenaza, un obstáculo insuperable para la continuidad de sus servicios en el territorio. Argumentó que, de ese modo, el mensaje exponía el propósito fraudulento de este cierre de la empresa, que es el de desestimar e incumplir de forma permanente las órdenes del Poder Judicial brasileño, y especialmente del Tribunal Supremo Federal. Afirmó que no era la primera vez que esto ocurría, ya que, en otras ocasiones, Elon Musk había mostrado su total falta de respeto a la soberanía brasileña y, en particular, al Poder Judicial y a la Constitución, y había intentado erigir a su compañía en una verdadera entidad supranacional, inmune a las leyes de cada país. Por ejemplo, en abril de 2024, Musk inició una campaña de desinformación sobre la actuación del Tribunal Supremo Federal y del Tribunal Superior Electoral, en la que instigó a la desobediencia y a la obstrucción de la Justicia.

Por otro lado, el ministro destacó que las órdenes de bloqueo enviadas a las empresas Google (responsable de la red social YouTube) y Meta (responsable de las redes sociales Instagram y Facebook) habían sido debidamente cumplidas, dentro del plazo dispuesto en la decisión, en fiel acatamiento del ordenamiento jurídico brasileño.

En relación con esto, De Moraes aseguró que el discurso de Elon Musk confundía el concepto de libertad de expresión con una inexistente libertad de agresión, y también mezclaba deliberadamente la censura con la prohibición constitucional de difusión de discursos de odio y de incitación a cometer actos antidemocráticos. Advirtió que uno de los mayores defensores del derecho a la libertad de expresión de la historia, John Stuart Mill, quien siempre se pronunció en contra de limitar la circulación de ideas en la sociedad, había sostenido también que existía la posibilidad de restringir la libertad de expresión en caso de que pudiera provocar un daño injusto. Remarcó que otros grandes juristas habían analizado la aplicación de este principio del daño, que representa una oportunidad excepcional de relativizar la libertad de expresión y asignar responsabilidad por realizar actos nazis, misóginos o racistas o por incitación al odio y la violencia y a cometer acciones antidemocráticas y golpes de Estado.

En este sentido, sostuvo que el derecho a la libertad expresión no debía ser usado como escudo protector para la práctica y la difusión de actividades ilícitas. Además, el ministro destacó que la reiterada instrumentalización con fines criminales de diversas redes sociales, en especial X, era objeto de investigación policial y judicial en muchos países, así como un tema de interés de diversos parlamentos, que intentaban encontrar soluciones legislativas al respecto. Consideró que, en este caso, el intento de la empresa de burlar la ley brasileña en vísperas de las elecciones municipales de 2024 demostraba su clara intención de mantener y permitir la instrumentalización de las redes sociales, con la difusión masiva de desinformación y el posible uso ilícito de la tecnología y la inteligencia artificial para dirigir clandestinamente la voluntad del electorado. Afirmó que este tipo de actividades ponía en riesgo la democracia, como ya había ocurrido en Brasil y en varios países del mundo. Concluyó que los peligros de la ausencia de control judicial de la desinformación y el uso de la inteligencia artificial por los populistas digitales extremistas, a través de X, especialmente durante el periodo electoral, eran gravísimos.

En este sentido, según el ministro, la nueva realidad de la instrumentalización de las redes sociales por populistas digitales extremistas, con difusión masiva de discursos de odio y mensajes antidemocráticos y uso de la desinformación para erosionar los pilares de la democracia y del Estado de derecho, exige un análisis de los principios y objetivos de la República definidos en los artículos 1, 2 y 3 de la Constitución Federal, que deberán ser obligatoriamente respetados por las empresas nacionales o extranjeras que operan en Brasil.

Otros ministros pusieron de relieve que el Poder Judicial debía garantizar el acceso a recursos judiciales contra las decisiones que toma, pero no permitir la obstrucción del proceso o que los involucrados decidieran directamente qué órdenes cumplir. El poder económico y el tamaño de la cuenta bancaria no son fundamentos para exigir una extraña inmunidad de jurisdicción. También que el Poder Judicial era un sistema de órganos surgidos de la soberanía nacional y, por tanto, su decisión debía ser aceptada, respetada y legitimada, por lo que las órdenes judiciales podían ser cuestionadas de acuerdo con la legislación procesal, pero no según los humores y los deseos de nadie, ya sea nacional o extranjero. Asimismo, advirtieron que el reiterado incumplimiento de las decisiones del Tribunal Supremo Federal era grave y que nadie puede pretender desarrollar sus actividades profesionales y comerciales en Brasil sin observar las leyes nacionales y la Constitución Federal.

Por su parte, otro de los integrantes del tribunal, manifestó sus reservas en cuanto a que la decisión no debería afectar de manera indiscriminada a personas o empresas que no hayan participado en el proceso, sino solo a aquellas que utilizaran la plataforma para burlar la decisión judicial con manifestaciones de racismo, fascismo, nazismo, que obstaculizaran la investigación penal o que incitaran a cometer delitos en general.

 

 

Vea sentencia de Tribunal Supremo Federal de Brasil, 2 septiembre 2024, PET 12404: páginas 1, 2 y 3.

 

 

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