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Por razones medioambientales.

Modificación legislativa que restringe el uso de un compuesto químico se aprueba por la Comisión Europea.

La restricción establecida en relación con el PFHxA tiene por objeto limitar su uso en productos textiles de consumo, como prendas impermeables, en envases destinados a productos alimenticios, como cajas de pizza, en mezclas de consumo, tales como aerosoles impermeabilizantes, en productos cosméticos, y en ciertas aplicaciones de espumas contra incendios utilizadas para pruebas y formación.

1 de octubre de 2024

La Comisión Europea ha adoptado nuevas disposiciones en el marco del Reglamento (CE) Nº 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), con el fin de regular el uso del ácido undecafluorohexanoico (PFHxA) y de las sustancias relacionadas con el mismo. Estas sustancias pertenecen al grupo de los compuestos perfluoroalquilados y polifluoroalquilados (PFAS), cuya persistencia en el medio ambiente, así como su elevada movilidad en el agua, requieren medidas específicas de control.

La restricción establecida en relación con el PFHxA tiene por objeto limitar su uso en productos textiles de consumo, como prendas impermeables, en envases destinados a productos alimenticios, como cajas de pizza, en mezclas de consumo, tales como aerosoles impermeabilizantes, en productos cosméticos, y en ciertas aplicaciones de espumas contra incendios utilizadas para pruebas y formación. No obstante, se excluyen de dicha prohibición ciertos usos del PFHxA en sectores como la fabricación de semiconductores, baterías y celdas de combustible destinadas al hidrógeno verde.

La adopción de esta medida se basa en los dictámenes científicos emitidos por los comités de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), tras superar el correspondiente proceso de escrutinio por parte del Parlamento Europeo y el Consejo. La restricción entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, previendo períodos de transición que varían entre 18 meses y cinco años, dependiendo de la aplicación concreta, con el fin de facilitar la sustitución por alternativas disponibles.

Cabe señalar que la restricción impuesta al PFHxA es independiente de la propuesta presentada en 2023 por varios Estados miembros, en la que se plantea la posibilidad de una restricción general para todas las sustancias PFAS, propuesta que está siendo objeto de evaluación por la ECHA.

Esta nueva normativa forma parte de las acciones emprendidas por la Comisión Europea en cumplimiento de la Estrategia de sostenibilidad en materia de sustancias químicas, así como de otras disposiciones legales relacionadas con la protección del medio ambiente y la salud humana en la Unión Europea.

Vea modificación legislativa.

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