Con las exposiciones del entonces ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, y del Fiscal Nacional, Ángel Valencia, laComisión de Constitución del Senado inició el estudio del proyecto que implementa la Fiscalía Supraterritorial al interior del Ministerio Público.
La iniciativa cumple su segundo trámite en el Senado y en lo fundamental, incorpora la Fiscalía Supraterritorial en la ley orgánica constitucional del Ministerio Público, y modifica otros cuerpos legales que regulan actuaciones de los fiscales y de las fiscalías regionales.
Cabe recordar que este organismo fue creado primero en una reforma constitucional y este proyecto le da cuerpo a esa norma. (vea la nota relacionada)
Para ello:
– Incorpora la Fiscalía Supraterritorial, especializada en crimen organizado y alta complejidad al interior de la estructura del Ministerio Público.
– Se refuerzan las atribuciones del Fiscal Nacional
– Se crea el Sistema de Análisis Criminal para Crimen Organizado y Delitos de Alta Complejidad (reforzamiento del actual «Sistema de Análisis Criminal y Focos Investigativos»)
– Se modifica el Código Procesal Penal, la Ley de Probidad, la Ley del Lobby y la Ley de Entrevista Video Grabada para incorporar a la Fiscalía Supraterritorial y al Fiscal Jefe de la misma, en sus disposiciones.
– La entrada en vigencia de la ley tendrá lugar una vez transcurrido el plazo de 6 meses contado desde su publicación.
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Durante la sesión se dejó de manifiesto la importancia de que este proyecto avance en paralelo con el que fortalece el Ministerio Público y que contempla un aumento de dotación, pues tal como lo reconoció el Fiscal, el proyecto de Fiscalía Supraterritorial no basta por sí solo, pero sí se puede concretar si es que se aprueba el fortalecimiento, pues ello considera más personal.
En el primer trámite en la Cámara de Diputados se anticipó la gradualidad para la puesta en marcha de 4 a 3 años y se considera un gasto en régimen de 7.691 millones.
Asimismo, se realizaron una serie de cambios que, en principio, no comparten los senadores, como la obligación del Fiscal Nacional de informar a ambas cámaras del Congreso la resolución por la cual se remueve al Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial, exponiendo los motivos en sesiones de las Comisiones de Seguridad Pública del Senado y de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados.
Vea texto del mensaje Boletín N°16850-07 y siga su tramitación aquí