La recurrente expuso que el día 23 de septiembre de 2024, la Cámara de Diputadas y Diputados recibió tres acusaciones contra ministros de la Corte Suprema, y que una de ellas, la patrocinada por las bancadas de Renovación Nacional, UDI y Evópoli, fundamentada en un «notable abandono de deberes» se dirigió en forma conjunta en contra del Ministro Muñoz y de la Ministra Vivanco, a pesar de que los hechos imputados eran distintos y no tenían conexión.
Aclara que si bien los parlamentarios que respaldaron la acusación colectiva sostuvieron que ambos ministros compartían la misma causa, «notable abandono de deberes», admiten que los hechos eran diferentes, ya que la acusación contra Vivanco, relacionada con el «caso audios», no involucra al Ministro Muñoz, lo que evidenció la falta de justificación para una acusación conjunta, vulnerando el derecho al debido proceso y la igualdad ante la ley.
Relata que su defensa presentó una cuestión previa en la audiencia del 9 de octubre en la Cámara Baja, solicitando la separación de acusaciones, porque acusar a una persona por hechos ajenos es inadmisible y vulnera los derechos humanos, ya que el debido proceso requiere que cada individuo sea juzgado por sus propias acciones.
A pesar de las críticas a la forma de la acusación, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó su admisibilidad con 97 votos a favor.
Es por lo anterior que la recurrente que acciona a favor del Ministro Muñoz denunció que la acusación constitucional colectiva es arbitraria, dado que carece de un fundamento lógico al incluir a dos ministros distintos por hechos diferentes y no relacionados, lo que resulta en una discriminación arbitraria y vulnera el derecho a defensa y el debido proceso.
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Además, alega que los actos de la Cámara Baja al admitir esta acusación son ilegales, pues infringen normas constitucionales y legales que requieren que las acusaciones se formulen en singular y respeten el principio de igualdad ante la ley.
En este contexto, solicita a la Corte de Valparaíso que declare la nulidad de la acusación constitucional colectiva y se retrotraigan las cosas al estado anterior a la presentación de la acusación constitucional.
La Corte declaró admisible el recurso de protección y solicitó informe a los recurridos, que deberán evacuarlo en el plazo de 8 días.
Vea resolución Corte de Valparaíso Rol N°6312/2024 y texto del recurso.