El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra Rusia por imponer un régimen legal que obliga a un gran número de ONG, medios de comunicación y personas a registrarse como «agentes extranjeros», el cual fue considerado «arbitrario» y 2estigmatizante». Constató una violación a los artículos 10 (libertad de expresión), 11 (libertad de asociación) y 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso versa sobre cómo la legislación sobre «agentes extranjeros» en Rusia, introducida en 2012, ha evolucionado para abarcar a un amplio rango de organizaciones y personas. Inicialmente dirigida a ONG con actividades políticas y financiamiento extranjero, la ley impuso requisitos estrictos de divulgación y presentación de informes. Con el tiempo, la normativa se amplió a medios de comunicación, periodistas, blogueros y cualquier persona o entidad bajo “influencia extranjera”, lo que incluye no solo apoyo financiero, sino también organizativo.
La Ley de Agentes Extranjeros de 2022 endureció aún más las restricciones, extendiendo la definición de «agentes extranjeros» y ampliando las sanciones. Estas incluían multas, la disolución de organizaciones y prohibiciones para los clasificados como agentes extranjeros, afectando su participación en la vida pública y sus actividades educativas. Debido a estas disposiciones, algunas organizaciones demandaron a Rusia ante el TEDH.
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En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) el término «agente extranjero» asignado a las personas físicas o jurídicas demandantes obstaculizó considerablemente sus actividades, ya que les impuso obligaciones adicionales en términos de contabilidad, control, presentación de informes y divulgación, así como un obstáculo para su participación en las elecciones. proceso y/o la organización de eventos públicos. También suele dar lugar a sanciones que van desde multas hasta la disolución”.
Agrega que, “(…) el término “agente extranjero” es a la vez estigmatizante y engañoso. En cuanto al efecto estigmatizador, nos remitimos a encuestas de opinión que indican que la mayoría de la población equipara a los «agentes extranjeros» con «traidores», «espías» o «enemigos del pueblo». Las nuevas restricciones que excluyeron a los «agentes extranjeros» del ejercicio de funciones públicas, de la participación en comisiones electorales, del apoyo a campañas políticas, de la enseñanza a menores y de la producción de contenidos para niños, han reforzado esta estigmatización”.
Comprueba que, “(…) los requisitos de divulgación obligaron a los solicitantes a comunicar un mensaje que desaprobaban. También les impidieron hacer un buen uso de las redes sociales, ya que el límite de caracteres en algunas plataformas era casi igual al de la propia mención de “agente extranjero”. Estas restricciones eran de magnitud considerable y tenían como objetivo castigar, más que responder, a cualquier supuesta necesidad de transparencia o imperativos legítimos de seguridad nacional”.
El Tribunal concluye que, “(…) la gravedad y el alcance de las sanciones impuestas a los solicitantes, que van desde restricciones profesionales y económicas hasta sanciones financieras e incluso la disolución forzosa, tenían como objetivo castigar o silenciar en lugar de garantizar la transparencia. Estas sanciones fueron claramente desproporcionadas. En general, la legislación ha tenido un efecto paralizador en el debate público y el compromiso cívico, creando un clima de sospecha y desconfianza hacia las voces independientes”.
Al tenor de lo expuesto, el Tribunal condenó a Rusia a pagar a los demandantes sumas que oscilan entre 5.000 y 10.000 euros por daño moral, y varios otros montos por daños materiales y costas.