La Corte de Apelaciones de Antofagasta dejó sujeta a las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional a Kelly Johanna Betancourt Acosta, imputada por el Ministerio Público como autora de los delitos de fraude al Fisco y lavado de activos. Ilícitos perpetrados durante 2022, en el marco de los convenios suscritos entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la Fundación Cultural TomArte.
El fallo señala que constituyendo la privación de libertad total una medida cautelar excepcional, cuya imposición se justifica cuando las demás sean insuficientes para asegurar los fines de la persecución penal, la restricción de libertad decidida, aparece hoy como desproporcionada a la luz del tiempo que ha permanecido sujeta a la referida cautelar, esto es, más de seis meses, pudiendo la medida en cuestión ser sustituida por una de menor intensidad.
Por tanto, se resuelve que se revoca la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en causa RIT 5428-2023, RUC 2300673070-1, Rol Corte 1456-2024 por el delito de Fraudes al Fisco y organismos del Estado, en cuanto por ella mantuvo la prisión preventiva de la imputada KELLY JOHANNA BETANCOURT ACOSTA y, en su lugar, se resuelve sustituir dicha cautelar por las de arresto domiciliario total y arraigo nacional, contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 ya citado.
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Según el ente persecutor, Betancourt Acosta, representante legal de la Fundación Cultural TomArte, se concertó con el coimputado y seremi del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Antofagasta a la época de los hechos, Carlos Contreras Gutiérrez, con la finalidad de obtener la asignación de fondos públicos para que la fundación ejecutara obras menores en el marco del programa de asentamientos precarios en, al menos, siete campamentos de Antofagasta, a través de la suscripción de convenios, suscritos en septiembre de 2022, que implicaron la transferencia de un total de $456.000.000 de fondos públicos, los cuales fueron gastados por TomArte en pago de honorarios a la imputada, arriendo de inmuebles propiedad de personas vinculadas a la fundación y transferencias a cuentas bancarias particulares.