El Tribunal Europeo de Derechos Humanos1, es la máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en toda Europa2. Ejerce jurisdicción internacional con sede en Estrasburgo (Francia).
Está compuesto por un número de jueces (47 jueces) igual al de los Estados miembros del Consejo de Europa que han ratificado el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Estos 47 miembros actúan en el Tribunal a título individual y no representan los intereses de ningún Estado.
Al ser un tribunal internacional, cualquier persona que considere haber sido víctima de una violación de sus derechos reconocidos por el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH3) o cualquiera de sus Protocolos adicionales, mientras se encuentre legalmente bajo la jurisdicción de un Estado miembro del Consejo de Europa, y que haya agotado sin éxito los recursos judiciales disponibles en ese Estado, puede presentar una denuncia contra dicho Estado por violación del Convenio
Dicho convenio es un tratado por el que los 47 Estados miembros del Consejo de Europa (todos los Estados europeos salvo Bielorrusia, Kazajistán y la Ciudad del Vaticano) han acordado comprometerse a proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, tipificarlos, establecer el Tribunal y someterse a su jurisdicción, es decir, acatar y ejecutar sus sentencias. La ejecución de las sentencias del Tribunal por los Estados miembros que han sido condenados está supervisada por el Comité de Ministros, órgano decisorio del Consejo de Europa compuesto por un representante de cada Estado miembro.
Es importante resaltar que el TEDH no es una institución de la Unión Europea, no está relacionado con ella ni por lo tanto con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El TEDH es un órgano judicial que se crea en virtud del CEDH.
En cuanto a su organización
Cada miembro es elegido por un período de 9 años en su cargo. El Tribunal, en pleno, elige su presidente y a uno o dos vicepresidentes (desde 2006 son dos) por un período de tres años reelegibles. Los dos vicepresidentes son igualmente presidentes de sección. Cada una de las cinco secciones cuenta, asimismo, con un Vicepresidente.
La composición de las cinco secciones, estable por tres años, debe estar equilibrada tanto desde el punto de vista geográfico como desde el de la representación de sexos, teniendo en cuenta los diferentes sistemas jurídicos existentes en los Estados contratantes.
Además dentro de la organización interna de la Corte existe la gran sala La Gran Sala, de diecisiete jueces, se constituye por tres años, La Gran Sala se forma mediante un sistema de rotación de dos grupos, que se alternarán cada nueve meses, cuya composición tiene en cuenta el equilibrio geográfico e intenta reflejar las diferentes tradiciones legales existentes en los Estados parte.
Jurisprudencia del Tribunal Europeos de Derechos Humanos4
La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos abarca una amplia gama de cuestiones diversas y variadas relativas a la aplicación de las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El Manual de legislación europea contra la discriminación expone la jurisprudencia europea sobre este tema y analiza el contexto y los antecedentes de las categorías y prohibiciones de la discriminación, el alcance de la ley (incluyendo a quién protege) y las características protegidas como el sexo, la discapacidad, la edad, la raza y la nacionalidad.
El Manual sobre el derecho europeo relativo al acceso a la justicia resalta y resume los principios legales y jurisprudenciales, en particular los desarrollados en el contexto des artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los artículos 6 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El manual cubre el área del acceso a la justicia en su sentido más amplio, incluyendo aspectos judiciales y no judiciales, y abarca cuestiones sustantivas, procesales e institucionales
El Manual de legislación europea sobre los derechos del niño constituye un punto de referencia tanto en cuanto a las normas del Consejo de Europa como al Derecho de la Unión en relación con la protección y promoción de los derechos del niño en Europa.
En relación a distinta jurisprudencia del Tribunal Europeo y la Corte Interamericana de derechos humanos esta puede encontrase en el link www.echr.coe.int en Case-Law → Other publications→ Joint publications by the ECHR and Inter-American Court of Human Rights
Asimismo, puede buscarse por materias, fichas temáticas o FactsSheets en el Link www.echr.coe.int en Press → Factsheets , donde podrá encontrar por ejemplo materias como
– Niños y Padres (Derechos de los niños, Secuestros internacionales de menores, Derechos paterno-filiales, Protección de menores, Derechos reproductivos.
Noticia Relacionada
– Materias penales (Violencia doméstica, Detención policial y asistencia de abogado, Derecho a no ser juzgado o condenado dos veces, Lugares de detención secretos, Terrorismo, Tráfico de personas, Violencia contra las mujeres, Protección de menores)
Link al factsheet de violencia doméstica, en español
Link al factsheet de igualdad de género, en inglés
1 Tribunal Europeo de Derechos Humanos TEDH; también denominado Tribunal de Estrasburgo y Corte Europea de Derechos Humanos)
2 Se exceptúan de su jurisdicción los países de Bielorrusia, Kazajistán y la Ciudad del Vaticano.
3 El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, más conocido como la Convención Europea de Derechos Humanos, fue adoptado por el Consejo de Europa el 4 de noviembre de 1950 en la ciudad de Roma ; entro en vigencia en 1953 y tiene por objeto proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los estados miembros, ( 46 estados miembros del consejo de Europa, excepto Turquía )
4 Documento que se puede bajar de www.echr.coe.int en Case-Law → Case-Law Analysis