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Imagen: diarioelcentro.cl
Cámara de Diputados.

Proyecto de ley propone cárcel para conductor que se fugue de control policial.

La Comisión de Seguridad Ciudadana también comenzó a analizar otros proyectos referidos al robo por sorpresa o con violencia y uno que asegure el origen lícito de los honorarios de abogados defensores de imputados por ley de drogas.

5 de noviembre de 2024

La Comisión de Seguridad Ciudadana inició la discusión de un proyecto  que tipifica el delito de no detención o fuga del conductor durante el control de fiscalización de la policía.

La iniciativa, que modifica la Ley de tránsito, es impulsada por Andrés Longton. Lo firman, además, Jorge Alessandri, José Miguel Castro, Juan Antonio Coloma, Jorge Guzmán, Henry Leal, Ximena Ossandón, Guillermo Ramírez, Diego Schalper y Francisco Undurraga.

El diputado Longton explicó que, hoy, no existe sanción al conductor que huye del control o fiscalización policial. Y, en caso de ocasionar lesiones graves o muerte, sólo se les sanciona como cuasidelito. Un ejemplo de ello sería cuando, producto de una conducta temeraria, se atropelle a una persona.

Por lo anterior, la idea de la propuesta es tipificar el delito de huida y considerar una pena proporcional al daño cometido. Así, se plantea, en un primer piso, una pena de 61 a 540 días, si el conductor huye, haya o no ocasionado daños materiales o lesiones leves.

El castigo se agravará en caso de lesiones menos graves y graves, con pena de cárcel entre 541 y 3 años. Además, irrogará una multa entre 6 a 15 UTM.

Finalmente, en caso de causar la muerte de alguna persona, se castiga con cárcel de 5 a 10 años y multa de 11 a 20 UTM. Se sumará como sanción la inhabilidad perpetua para conducir vehículos mecánicos.

Lorena Fries apoyó la idea de sancionar la conducta de fuga del control policial. Pero, manifestó aprehensiones respecto a las conductas derivadas, lo que implicaría considerar que todos los casos son culposos. Agregó que se debe buscar una técnica que no confunda más.

Por su parte, Raúl Leiva consideró que huir del control policial podría sancionarse en el Código Penal e incluirlo como desacato a la autoridad. Ahora, sobre interpretar el dolo eventual, estimó que es una situación compleja.

Robos por sorpresa y con violencia

Además del proyecto que sanciona al conductor que huye del control policial, la instancia comenzó el estudio de una moción (boletín 16834) que modifica el Código Penal. Su objetivo es ampliar las hipótesis de los delitos de robo por sorpresa y robo con violencia, e incorporar la circunstancia agravante.

El texto también es de autoría del diputado Longton y respaldado por los mismos diputados mencionados anteriormente. Ambas propuestas surgieron del trabajo con la Asociación de Fiscales.

Longton subrayó que existen robos por sorpresa que están siendo sancionados como hurto y sólo con multa. Ejemplificó el caso del robo de celulares, a quien se lo arrebatan de la mano, se lo roban parado en un semáforo o desde el auto. Por ello, se busca incluir, por ejemplo, la “distracción” de la víctima o que se “actúe de forma sigilosa”.

Agregó que, en caso de robo con violencia, la interpretación de tribunales es que sólo considera el contacto con las personas. Sostuvo que, en caso de forcejeo y si la persona cae al suelo, se considera que es por sorpresa, porque se ejerce fuerza sobre el objeto.

Al respecto, la norma propone que habrá también violencia cuando ésta se dirija a objetos que porta la víctima y, que, producto del forcejeo, se provoquen caídas o lesiones a ella. Esto, aún sin contacto directo entre el autor y la víctima.

Por último, se considera como agravante cometer el delito con un medio de transporte que facilite la huida de los autores del hecho.

Para ambos proyectos, se invitará a representantes del Ministerio Público, de la Defensoría Penal Pública y de la Asociación de Fiscales.

 

Vea texto de la moción del Boletín 16833 y siga su tramitación aquí.

Vea texto de la  moción del Boletín 16834 y siga su tramitación aquí.

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