La Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por una sociedad inmobiliaria en contra de los ocupantes de un terreno de su propiedad y lo acogió a trámite.
La recurrente afirma ser propietaria de un terreno ubicado en la comuna de Quilicura, el cual es objeto de ocupación ilegal por un clan familiar.
Añade que los actos perpetrados por los ocupantes son arbitrarios y contravienen la ley, dado que no disponen de un título legítimo que justifique su ocupación.
Agrega que la situación ha perdurado durante varios años, incluso antes de que adquiriera el inmueble, lo que evidencia un continuo menoscabo a su derecho de propiedad, impidiendo el ejercicio pleno de sus derechos sobre el terreno.
Solicita que se ordene el desalojo de los ocupantes ilegales, se prohíban futuros actos que perturben su dominio y se tomen las medidas necesarias para restablecer su derecho de propiedad.
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La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso, al considerar que, “(…) los hechos descritos en la presentación, en los que se reconoce que a la fecha de adquirir la propiedad ésta ya se encontraba ocupada por terceros, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, toda vez que el ordenamiento jurídico contempla acciones específicas, a través de las cuales se puede debatir y resolver el asunto que ha servido de fundamento al presente recurso, por lo que la presente sede no resulta ser la vía idónea, condiciones en las que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el Nº 2° del auto acordado respectivo, por lo que no será admitido a tramitación”.
El máximo Tribunal revocó la decisión en alzada, luego de razonar que, “(…) aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación”.
En definitiva, la Corte Suprema revocó la resolución apelada, declaró que el recurso es admisible y ordenó darle la tramitación correspondiente.
Vea resolución Corte Suprema Rol N°53930/2024 y Corte de Santiago Rol N°18678/2024, y texto del recurso.