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imagen: hchr.org
Reafirma precedentes jurisprudenciales.

Prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, resuelve un tribunal japonés.

Tras revisar las disposiciones del Código Civil y otras normativas conexas, el tribunal determinó que la negativa a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo contradice los principios constitucionales de igualdad ante la ley y de igualdad de género.

8 de noviembre de 2024

El Tribunal Superior de Tokio en Japón, dictaminó que la normativa estatal que impide el reconocimiento del matrimonio igualitario es discriminatoria y contraria a los principios constitucionales. El caso fue presentado por una pareja del mismo sexo registrada en Tokio que demandó una compensación al Estado, alegando que la legislación japonesa que impide el reconocimiento de su matrimonio infringe la Constitución.

La sentencia, pronunciada por el juez presidente del Tribunal, destacó que el establecimiento de un vínculo legal entre personas del mismo sexo, equiparable al de cónyuges, constituye un elemento fundamental para el desarrollo de una vida personal plena y merece una protección jurídica equivalente a la otorgada a las uniones heterosexuales. En su análisis, el tribunal abordó la interpretación de la “libertad de matrimonio” establecida en el artículo 24 de la Constitución de Japón, que menciona los términos “ambos sexos” y “marido y mujer”.

El tribunal concluyó que estas expresiones no excluyen la posibilidad de otorgar protección jurídica a las uniones de personas del mismo sexo y enfatizó la relevancia del reconocimiento legal para asegurar la igualdad de derechos. Tras revisar las disposiciones del Código Civil y otras normativas conexas, el tribunal determinó que la negativa a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo contradice los principios constitucionales de igualdad ante la ley y de igualdad de género.

Este fallo se enmarca en una serie de decisiones judiciales previas que abordaron esta problemática en Japón. En 2021, una sentencia similar declaró inconstitucional la postura gubernamental sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Posteriormente, en marzo de 2024, el Tribunal Superior de Sapporo confirmó dicha posición, siendo el primer Tribunal Superior en declarar expresamente inconstitucional la prohibición en cuestión.

En respuesta a estos fallos, organizaciones como “Libertad de matrimonio para todos” han solicitado al parlamento nacional la promulgación de legislación específica que garantice los derechos de las parejas del mismo sexo, instando a una respuesta legislativa que implemente los principios constitucionales de igualdad en el matrimonio.

Vea texto del fallo.

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