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Municipalidad de Santiago.

No corresponde que en la entrega de beneficios por el municipio se divulguen imágenes, el nombre o frases de la alcaldesa y del concejo municipal.

Es la entidad edilicia, como institución, quien presta los servicios que se anuncian en cumplimiento de sus funciones, y no las autoridades en forma independiente, de manera que no corresponde que la divulgación o difusión de la actividad municipal contenga imágenes o frases alusivas a aquellos.

18 de noviembre de 2024

Se dirigió a la Contraloría General el Prosecretario de la Cámara de Diputadas y Diputados, a requerimiento de un grupo de parlamentarios solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad en la compra y entrega de gift cards efectuada por la alcaldesa de la Municipalidad de Santiago el 18 de junio de 2024.

Requerida la alcaldesa, informó, en síntesis, que el beneficio otorgado asciende a la suma de $146.825.000.-, correspondientes a 4.195 tarjetas de un valor de $35.000.- cada una, destinadas a la compra de alimentos no perecibles, que fueron adquiridas mediante convenio marco y que la compra contó con el acuerdo unánime del concejo municipal.

Agrega que para recibir la tarjeta se debía ser estudiante del ciclo de educación básica de algún establecimiento de la comuna y que el hogar del beneficiado figurara en el Registro Social de Hogares (RSH).

Finalmente, expone que participó en su otorgamiento, como máxima autoridad comunal, mientras que la difusión de la actividad se realizó con el propósito de informar a la comunidad sobre el quehacer municipal.

I. Respecto al proceso de compra de gift cards como beneficio para los vecinos y vecinas de la comuna.

Habiendo revisado el portal Mercado Público, la Contraloría General advirtió que consta que mediante licitación pública -y no por medio de convenio marco como informa el municipio-, la Municipalidad de Santiago adjudicó la compra de 8.000 “tarjetas de alimentos para vecinos/as de la comuna de Santiago 2024” a la empresa Edenred Chile S.A., quien fue la única oferente del certamen.

Enseguida, de la revisión de las bases que rigieron el proceso, aparece que el objetivo de la contratación era “contar con los insumos necesarios para atender la demanda de vecinos y vecinas de la comuna de Santiago que se encuentren afectados por situaciones de emergencias como incendio, desalojos, urgente necesidad, u otra de esa naturaleza”, para cubrir la necesidad del año 2024, y que cada tarjeta debía tener un valor base de $35.000.-.

Del mismo modo, el reseñado pliego de condiciones prevé que el monto máximo del contrato sería de $280.000.000.-, con impuestos incluidos.

Sin embargo, la empresa proponente, en su oferta económica, indicó un valor total, con impuestos incluidos, de $295.120.000.-.

Luego, de la revisión de la grabación de la sesión del concejo municipal de la comuna pertinente, aparece que dicho ente resolvió aprobar, por la unanimidad de los concejales presentes, el contrato suscrito con la empresa Edenred Chile S.A.

En dicho contexto, la Contraloría concluye que no resultó procedente que la licitación se adjudicara a una empresa cuya oferta sobrepasó el presupuesto disponible.

Asimismo, observa que la aprobación del concejo y la suscripción del contrato con la empresa fueron realizados con posterioridad a la entrega de gift cards, cuestión que tampoco se ajustó a derecho, pues no resulta procedente que se haya ejecutado antes de la suscripción del acuerdo de voluntades.

En consecuencia, dado que los hechos planteados se refieren a situaciones jurídicas consolidadas, la Municipalidad de Santiago deberá adoptar las medidas tendientes para que las irregularidades expuestas no se reiteren en lo sucesivo, y disponer la instrucción de un proceso disciplinario a fin de determinar eventuales responsabilidades en los hechos descritos.

II. Respecto a los beneficiarios de las gift cards entregadas por el municipio.

De los antecedentes tenidos a la vista por la Contraloría General, aparece que, mediante un volante informativo, suscrito por la Alcaldesa y el Concejo Municipal de Santiago, cuyo título es “Stgo te apoya”, se comunicó a los vecinos y vecinas de esa comuna la entrega de “una tarjeta gift card por un monto de $35.000.- para colaborar en gastos de alimentación durante este invierno”, distribución que se llevó a cabo con participación de la máxima autoridad comunal.

Seguidamente, si bien el municipio indica que para ser beneficiario de una gift card se debía cumplir con dos criterios: ser estudiante del ciclo de educación básica de algún establecimiento de la comuna y que su hogar figurara en el Registro Social de Hogares (RSH), no acompaña antecedente alguno que dé cuenta de que efectivamente se haya verificado el estado de carencia de los beneficiarios, resguardando su igualdad y evitando discriminaciones arbitrarias.

Asimismo, hace presente que tampoco se tuvo a la vista la nómina de las personas favorecidas con las tarjetas.

En consecuencia, procede que, la Municipalidad de Santiago rinda cuentas documentadamente sobre dichos aspectos, en especial, que aporte la documentación sustentatoria relativa a los beneficiarios de las 4.195 tarjetas repartidas, con la acreditación de haber cumplido todos los requisitos para ello, y el detalle de los receptores de las tarjetas restantes que no fueron distribuidas en dicha ocasión.

III. Respecto al uso del nombre de la alcaldesa y del concejo municipal en la difusión de la actividad de entrega de las gift cards.

Al respecto, la Contraloría General señala que no correspondió que el volante de difusión de la entrega de las gift cards plasmara el nombre de la alcaldesa y del concejo municipal, pues como ha dictaminado en ocasiones anteriores, es la entidad edilicia, como institución, quien presta los servicios que se anuncian en cumplimiento de sus funciones, y no las autoridades en forma independiente, de manera que no corresponde que la divulgación o difusión de la actividad municipal contenga imágenes o frases alusivas a aquellos.

Lo anterior, también resulta plenamente aplicable a la publicación realizada por la Municipalidad de Santiago en la red social X, acompañada por algunos de los recurrentes y que habría sido posteriormente eliminada de esa plataforma, en donde se expuso la entrega de tarjetas, señalándose que la iniciativa fue presentada junto a la alcaldesa, el equipo de Santiago Educa y Santiago Social, con diversas imágenes en las que, en al menos una de ellas, es posible observar a dicha autoridad.

En consecuencia, la Contraloría General señala que, en lo sucesivo, la Municipalidad de Santiago deberá abstenerse de incorporar frases e imágenes alusivas a las autoridades comunales -alcaldesa y concejo- en los términos expuestos.

 

Vea dictamen de la Contraloría General.

 

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