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Deberá ser conocido por la Corte de Santiago.

Recurso de protección de grupo de vecinos de Quinta Normal en contra de residente que genera molestias por ruidos y amenazas, se admite a trámite por la Corte Suprema.

Los afectados señalan que, pese a sus reclamos ante el municipio y en policía local, el conflicto continúa afectando gravemente su calidad de vida y convivencia en el barrio, agravado por la sensación de inseguridad y falta de respuesta de las autoridades competentes.

21 de noviembre de 2024

La Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por un grupo de vecinos de un sector de Quinta Normal en contra de una residente que se trasladó a su barrio.

Sostienen que la recurrida, que vive sola en el inmueble, genera constantes molestias por su conducta y entorno. Desde mediados de 2022, los vecinos reportaron episodios reiterados de ruidos molestos, fiestas prolongadas, y el ingreso de diversas personas al domicilio, quienes, según el relato, permanecen allí por días consumiendo sustancias y generando bullicio hasta altas horas.

Los vecinos más cercanos relatan que se han visto en la urgente necesidad de aislar acústicamente su muro colindante con el inmueble que habita la recurrida, pero sin obtener el efecto esperado, ya que los ruidos molestos superan los decibeles permitidos por la normativa.

Los recurrentes describen múltiples intentos de resolver la situación a través de sucesivas denuncias, sin resultados efectivos. Acusan a la recurrida de amenazar e intimidar a los vecinos, especialmente a una residente de avanzada edad, quien ha desarrollado ansiedad debido a los incidentes. También señalan que la autoridad policial y municipal ha optado por no intervenir más en el caso, dada la persistente reincidencia de la conducta denunciada.

Denuncian amenazas verbales y físicas directas contra una vecina específica, además de provocaciones hacia otros. Agregan que aunque la familia de la recurrida la retiró del domicilio e internó en una clínica de rehabilitación en septiembre de 2023, volvió al sector poco después, retomando su conducta problemática y conflictiva.

En este contexto solicitan que se ordene a la recurrida indemnizar los costos de aislación acústicas que los vecinos han tenido que realizar en sus muros colindantes, que se le multe por ruidos molestos persistentes y se le imponga una orden de alejamiento por las acciones de amenazas y acoso en que ha incurrido.

La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso, al considerar que “(…) los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que aquéllos deben ser discutidos y probados en el procedimiento especial contenido en el artículo 44 de la Ley N° 21.442, sobre Copropiedad Inmobiliaria, lo que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección, condiciones en las que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el N°2 del auto acordado respectivo”.

El máximo Tribunal revocó la decisión en alzada, luego de razonar que, “(…) aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación”.

En definitiva, la Corte Suprema revocó la resolución apelada, declaró que el recurso es admisible y ordenó darle la tramitación correspondiente.

 

 

Vea resolución Corte Suprema Rol N° 56921/2024, Corte de Santiago Rol N°21502/2024 y texto del recurso.

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  1. creo que la corte antes de darle inadmisibilidad al reclamo debiera enviar un veedor al recinto para que esté de fe de si es verídico o no lo que se está denunciando y ahí recién fallar no puede hacerlo desde un escritorio ya sea a favor o en contra así se debe hacer para que la justicia sea real e imparcial o es mucho pedir

  2. Hacerlo público en redes sociales, para la funa respectiva, y dar a conocer los inútiles de instituciones quienes deben velar por el bienestar de los ciudadanos.