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A solicitud de la Unión Europea.

Organismo Europeo aprueba rebajar la protección internacional del lobo.

Se busca introducir un “enfoque equilibrado” entre la preservación del lobo y la actividad del mundo rural. La caza del lobo estará permitida en ciertos casos, siempre que sea limitada en el tiempo y que contribuya a mantener fuera de peligro a la especie. La Comisión Europea prestará apoyo técnico y financiero para facilitar la implementación de estas medidas por parte de los Estados miembros y las partes interesadas.

5 de diciembre de 2024

El Comité Permanente del Convenio de Berna aprobó la propuesta presentada por la Unión Europea (UE) para modificar el estatuto de protección del lobo, pasando de la categoría de “estrictamente protegido” a “protegido”, rebajando así la protección a este animal. Este cambio surtirá efecto el 7 de marzo de 2025, fecha a partir de la cual la Unión Europea podrá proceder a actualizar los anexos pertinentes de la Directiva sobre hábitats mediante los procedimientos legislativos correspondientes.

Conforme a esta decisión, la Comisión Europea se ha comprometido a presentar una propuesta de modificación legislativa específica, que estará sujeta a la aprobación del Parlamento Europeo y del Consejo. La nueva clasificación otorgará mayor capacidad de decisión a los Estados miembros en relación con la gestión de las poblaciones locales de lobos, bajo la condición de que las medidas adoptadas garanticen el mantenimiento de su estado de conservación. Con la medida se busca introducir un “enfoque equilibrado” entre la preservación del lobo y la actividad del mundo rural.

La modificación aprobada no exime a los Estados miembros de su responsabilidad en la aplicación de medidas de prevención de daños que contribuyen a la reducción de la depredación sobre el ganado. La Comisión Europea comenzará prestando apoyo técnico y financiero para facilitar la implementación de estas medidas por parte de los Estados miembros y las partes interesadas. En virtud de las nuevas reglas, la caza del lobo estará permitida en ciertos casos, siempre que sea limitada en el tiempo y que contribuya a mantener fuera de peligro a la especie.

El Convenio de Berna, que se enmarca en el Consejo de Europa, constituye un tratado internacional dirigido a la conservación de la vida silvestre y los hábitats naturales en el continente europeo y, en algunos casos, en Estados africanos. Este instrumento, abierto a la firma el 19 de septiembre de 1979 y en vigor desde el 1 de junio de 1982, cuenta con la participación de 50 Partes Contratantes y es administrado por el Comité Permanente.

La propuesta de la UE no constituye el primer intento de modificar el estatuto de protección de especies dentro del marco del Convenio de Berna. En 2022, Suiza presentó una propuesta similar respecto al lobo, que no fue aprobada. Asimismo, en 2019, Noruega planteó el cambio del estatuto de la barnacla cariblanca (Branta leucopsis) del Apéndice II al Apéndice III, propuesta que también fue desestimada.

Vea enmienda legislativa.

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