Noticias

imagen: latamnews
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Prohibición en Ucrania de símbolo patrio vinculado a Rusia y a la Unión Soviética se ajusta a derecho, resuelve el TEDH.

Para muchos, el lazo de San Jorge ahora está vinculado a la supuesta valentía militar rusa y simboliza el sufrimiento causado por la agresión de este país. Por ende, no se encuentran motivos para cuestionar los esfuerzos del gobierno ucraniano por abordar los problemas planteados por el conflicto armado.

18 de diciembre de 2024

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó la demanda interpuesta contra Ucrania por prohibir un símbolo patrio vinculado a la Unión Soviética y a Rusia . No constató ninguna violación a los artículos 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar), 10 (libertad de expresión) y 14 (prohibición de la discriminación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al estimar que la prohibición era proporcionado en consideración a la guerra en curso en territorio ucraniano.

Un ciudadano ucraniano de origen ruso deseaba portar el lazo de “San Jorge” durante las celebraciones del Día de la Victoria en homenaje a sus antepasados veteranos de la Segunda Guerra Mundial. El lazo, tradicionalmente asociado con honores militares, fue prohibido en Ucrania tras la anexión de Crimea en 2014 y el conflicto con Rusia, al ser considerado un símbolo vinculado al régimen soviético y, en el contexto actual, a la influencia política rusa.

El hombre sostuvo que la prohibición vulneraba sus derechos a la libertad de expresión y a honrar a sus antepasados, y que el uso del lazo no implicaba una provocación. Por su parte, el gobierno ucraniano justificó la restricción en el interés de la seguridad nacional y la cohesión social, dados los conflictos políticos asociados al símbolo. Por este motivo, el hombre demandó al Estado ante el TEDH.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) para determinar si la injerencia a la libertad de expresión estaba justificada y, en particular, si era necesaria en una sociedad democrática, debemos tener en cuenta el contexto en el que se produjo la prohibición del lazo de San Jorge. En particular, si hasta hace muy poco el lazo estaba principalmente asociado con la era soviética y, más específicamente, con las recompensas militares soviéticos, ahora su asociación es con el ejército ruso y su uso, desde 2014, como insignia por las unidades rusas presentes en Ucrania”.

Agrega que, “(…) para muchos, ahora está vinculado a la supuesta valentía militar rusa y simboliza el sufrimiento causado por la agresión rusa. Por ende, no se encuentran motivos para cuestionar los esfuerzos del gobierno ucraniano por abordar los problemas planteados por el conflicto armado”.

Comprueba que, “(…) la prohibición del lazo de San Jorge no es general y admite varias excepciones. Su uso es legal, en particular, como condecoración nacional o como recompensa militar original otorgada antes de 1991. En general, consideramos que el Estado no excedió el margen de apreciación de que disponía por lo que se rechaza esta parte de la demanda por falta manifiesta de fundamento”.

El Tribunal concluye que, “(…) para que el artículo 8 sea aplicable, los hechos objeto de la queja deben tener consecuencias muy graves para el demandante y tener un impacto particularmente notable en su vida privada. Sin embargo, el demandante no demostró que la prohibición en cuestión le hubiera causado sufrimiento o angustia mental, o que hubiera tenido de alguna manera repercusiones significativas en él. Por lo tanto, se rechaza la queja al no plantear una cuestión bajo el artículo 8 del Convenio”.

En mérito de lo expuesto, el Tribunal declaró inadmisible la demanda en todas sus partes y por unanimidad.

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *