La Corte Constitucional de Colombia resolvió el caso de un operador de grúa despedido tras dar positivo por marihuana en una prueba realizada por su empleador. La empresa argumentó que el consumo de sustancias psicoactivas comprometía la seguridad en un entorno laboral de alto riesgo. El trabajador presentó una acción de tutela señalando que el despido vulneraba derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad, la estabilidad laboral reforzada y el derecho a una vida digna.
En su fallo, la Corte desestimó la acción, destacando que la decisión de la empresa se basó en una causa objetiva y no en un acto discriminatorio. Según el análisis, el consumo recreativo de marihuana, aunque realizado fuera del horario laboral, contravenía la política de seguridad y aumentaba el riesgo de accidentes laborales.
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El tribunal enfatizó que los derechos individuales pueden regularse en contextos laborales que impliquen actividades peligrosas, priorizando la seguridad colectiva. Además, reconoció que el empleador cumplió con las garantías legales en el proceso de despido y proporcionó al trabajador información y capacitación sobre los riesgos asociados.
Este fallo refuerza la necesidad de un equilibrio entre los derechos personales y las obligaciones de seguridad en el ámbito laboral, particularmente en sectores de alto riesgo.
Vea sentencia Corte Constitucional de Colombia T-306-24, del 26-7-2024.