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Imagen: laopiniondemurcia.es
Protección al ecosistema.

El Tribunal Constitucional de España avala la ley que otorga personalidad jurídica al Mar Menor.

En una sentencia histórica, se declara la constitucionalidad de la normativa, destacando su compatibilidad con los principios de seguridad jurídica, legalidad sancionadora y el derecho al medio ambiente. La decisión incluye un voto particular.

30 de diciembre de 2024

En una resolución considerada clave para el derecho ambiental en España, el Pleno del Tribunal Constitucional, ha avalado la constitucionalidad de la Ley 19/2022, de 30 de septiembre, que confiere personalidad jurídica a la laguna costera del Mar Menor y a su cuenca. La normativa tiene como objetivo garantizar una protección efectiva del ecosistema frente a los graves daños medioambientales que ha sufrido en las últimas décadas.

El recurso de inconstitucionalidad, identificado con el número 8583-2022, fue promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados. Los recurrentes argumentaban que la ley vulneraba principios fundamentales como la seguridad jurídica, la interdicción de la arbitrariedad y la legalidad sancionadora, al tiempo que planteaban dudas sobre la competencia estatal para legislar en materia de protección ambiental.

En su fallo, el Tribunal Constitucional señaló que la normativa es plenamente compatible con el marco constitucional español, destacando que la legislación en materia de protección ambiental es una competencia compartida entre el Estado y las comunidades autónomas. Además, subrayó que la Ley 19/2022 respeta los principios de seguridad jurídica y legalidad sancionadora al establecer un marco claro y preciso para la gestión y protección del Mar Menor.

La decisión también resalta la innovación jurídica que supone el reconocimiento de personalidad jurídica a un ecosistema. Este enfoque, inspirado en desarrollos legales internacionales, permite a la laguna del Mar Menor actuar como sujeto de derechos, lo que le otorga legitimidad para demandar la reparación de daños y exigir el cumplimiento de medidas de conservación.

Los principales puntos de la sentencia son:

1. Rechaza que la ley vulnere el reparto constitucional de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Considera que el Estado puede dictar legislación básica de protección ambiental aunque se aplique a un ámbito territorial concreto.

2. No aprecia vulneración de los artículos 10.1, 24.1 y 45 CE por otorgar personalidad jurídica y derechos a un ecosistema natural. Entiende que es una técnica legislativa válida para su protección.

3. Descarta que se vulnere el principio de seguridad jurídica por la disposición derogatoria de la ley.

4. No considera que los artículos 4 y 5 infrinjan los principios de legalidad sancionadora, tipicidad y reserva de ley orgánica.

5. Adopta una interpretación «ecocéntrica moderada» del artículo 45 CE, compatible con la protección del medio ambiente para las generaciones futuras.

Sin embargo, la sentencia no fue unánime. Incluye un voto particular en el que algunos magistrados expresaron su desacuerdo parcial con la mayoría, planteando preocupaciones sobre la aplicación práctica de ciertos aspectos de la ley y su posible impacto en la seguridad jurídica.

Señalan que la ley debió declararse inconstitucional por:

– Cambiar injustificadamente la doctrina sobre el carácter antropocéntrico de la protección ambiental.

– Exceder las competencias estatales básicas en medio ambiente.

– Vulnerar la seguridad jurídica por la indefinición del régimen jurídico.

– Contravenir el Derecho de la UE, especialmente el principio «quien contamina paga».

Reacciones

La decisión ha sido celebrada por organizaciones ecologistas y sectores de la sociedad civil que consideran la sentencia un hito en la defensa del medio ambiente en España. «El reconocimiento de personalidad jurídica al Mar Menor marca un antes y un después en la protección de los ecosistemas en peligro», declaró un portavoz de Greenpeace España.

Por su parte, representantes del Grupo Parlamentario Vox manifestaron su «profunda preocupación» por los efectos de esta ley, asegurando que seguirán explorando vías para proteger lo que consideran «principios fundamentales del Estado de derecho».

Antecedentes y futuro

El Mar Menor, ubicado en la región de Murcia, es la laguna salada más grande de Europa y ha sufrido graves episodios de contaminación en los últimos años debido a vertidos agrícolas, urbanísticos y otras actividades humanas. La Ley 19/2022 se promulgó como respuesta a esta crisis ambiental, buscando garantizar una protección más robusta y efectiva del ecosistema.

La sentencia del Tribunal Constitucional refuerza la aplicación de esta normativa, allanando el camino para futuras iniciativas legales que adopten un enfoque similar en otros ecosistemas vulnerables.

 

Vea sentencia Tribunal Constitucional de España 142/2024, dictada el 20 de noviembre de 2024.

 

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